PRESTACIÓN SOCIAL EN CATALUNYA

El 'paro del autónomo' certifica su fracaso con el 62% de las solicitudes denegadas

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Alicia Gracia

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El 62,3% de las solicitudes presentadas por trabajadores autónomos catalanes para percibir la prestación por cese de actividad en el primer trimestre del año se denegaron. Del total de 101 peticiones, solo se concedieron 38 prestaciones, es decir, el 37,6%, según los datos del Ministerio de Economía y Empresa. Del resto, 28 solicitudes se denegaron, tres fueron desistidas y 32 todavía están pendientes de resolver. Las trabas para acceder a la prestación provocan que solo 500.000 de los 3,2 millones de autónomos españoles coticen por ella cada mes, pero el subsidio acaba sin llegar a todos ellos. 

El presidente de la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), Lorenzo Amor, califica la prestación de “presunto fraude y estafa”, una opinión apoyada también por el propio secretario de Estado de Seguridad Social, Octavio Granado, el pasado mes de julio. “El sistema permite que los autónomos coticen por la prestación por cese de actividad pero luego nunca la cobran por no cumplir requisitos muy estrictos”, detalla. De hecho, según estimaciones de ATA, de cada 100 euros recaudados por la Seguridad Social para este concepto solo 15 se destinan a pagar las prestaciones. 

La situación a nivel nacional sigue la misma tónica, ya que más de la mitad de las solicitudes presentadas por autónomos de enero a marzo de este año fueron negadas. Concretamente, solo se concedieron 425 prestaciones en primera instancia (40,4%), mientras 376 fueron denegadas y otras 225 están pendientes.

Equiparación con el subsidio por desempleo

A pesar de que la prestación ya tiene un recorrido de ocho años de vigencia, las cifras de este 2018 certifican el fracaso del denominado ‘paro del autónomo’, tanto por el reducido número de solicitudes presentadas como por el bajo ratio de prestaciones concedidas. Por ello, la ministra de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Magdalena Valerio, ya anticipó el pasado mes de julio que uno de los frentes que el Gobierno tiene abierto en materia de autónomos es la “dificultad” de estos para acceder a la prestación por cese de actividad, que se corresponde a la prestación por desempleo de los trabajadores por cuenta ajena. 

Este anuncio de reforma responde a una reivindicación histórica del colectivo que ya apuntaba la complejidad para acceder a la ayuda demostrando el cese definitivo de la actividad, a pesar de haber cotizado por ella. “Hay que dar un repaso importante a la prestación por cese de actividad, porque se recauda mucho más por ella de lo que se reparte en prestaciones, ya que los requisitos son muy difíciles de cumplir”, apuntó la ministra. Lo que piden las asociaciones de autónomos es reformar la prestación para equipararla al subsidio por desempleo de los trabajadores asalariados. “Solo un 15% de los autónomos cotiza por la prestación por cese de actividad, lo que demuestra que está mal diseñada y es poco atractiva”, subraya Lorenzo Amor.

Las reformas del 2015 no surten efecto

Lo cierto es que las novedades que se incluyeron en el 2015 para mejorar el acceso a la prestación no han surtido el efecto esperado. En la actualidad, para que un autónomo pueda acceder a la ayuda por desempleo debe cumplir dos requisitos. En primer lugar, ha tenido que cotizar por cese de actividad en su cuota mensual de autónomo, lo que aproximadamente supone un incremento del 2% de la misma. Además, el trabajador por cuenta propia tiene que justificar pérdidas en su negocio del 10% durante el último año, una condición que se suavizó en el 2015, ya que anteriormente el autónomo debía justificar un 30% de pérdidas en un año o un 20% en dos. 

Respecto a la cuantía, depende del tiempo que el autónomo haya cotizado y la base de la misma. El requisito mínimo es haber cotizado durante un año, lo que da derecho a una prestación de dos meses. El máximo de cuatro años te da derecho a doce meses de prestación. Si el autónomo cotiza por la base mínima, como hace el 86% de los profesionales, la prestación asciende al 70% de la base reguladora, es decir, si un autónomo cotiza por la base mínima (932,70 euros) percibirá una prestación por cese de actividad de algo más de 652 euros mensuales.