Derecho al padrón

Partidos y abogados piden a la Conselleria d'Igualtat que actúe de oficio y multe a la alcaldesa de Ripoll

La Síndica de Greuges reabre un estudio sobre el padrón en Catalunya a raíz del caso de Ripoll

La alcaldesa ultra de Ripoll restringe el empadronamiento a los inmigrantes

Brahim Bounash y Fatima Boyzgarne, en su habitación revisando toda la documentación que les debe permitir empadronarse.

Brahim Bounash y Fatima Boyzgarne, en su habitación revisando toda la documentación que les debe permitir empadronarse. / JORDI OTIX

Elisenda Colell

Elisenda Colell

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Partidos políticos y abogados piden a la Conselleria d'Igualtat de la Generalitat que mueva ficha y sancione a la alcaldesa ultra de Ripoll, Silvia Orriols, que está imponiendo trabas burocráticas para que los ciudadanos recién llegados no puedan empadronarse en el municipio. Tal y como ha constatado EL PERIÓDICO, hay familias migrantes cuyos hijos no tienen acceso a la sanidad ni a la educación pública desde hace meses debido a los nuevos plazos que el Gobierno de Orriols, de la formación ultra independentista Aliança Catalana, está aplicando en la tramitación. Trabajadores municipales han relatado a este diario que "antes se empadronaba al momento. Pero la alcaldesa quiso cambiar los protocolos y desde septiembre no se empadrona a nadie hasta pasados tres meses, que es el plazo máximo que marca la ley". Es decir, se trata de dilatar al máximo el proceso. Algunos migrantes desisten y se marchan.

Los expertos reclaman que se aplique el concepto de diligencia debida para garantizar los derechos a los ciudadanos

"Existe el concepto de la diligencia debida, que recoge la ley de igualdad de trato impulsada por la Conselleria d'Igualtat y Feminisme, y que sirve para garantizar que la Administración pública actúe a la hora de garantizar los derechos humanos o evitar su vulneración", explica la diputada de la CUP Basha Changue. "Creemos que impedir el empadronamiento, el hecho de que haya niños sin escolarizar y sin pediatra, es una vulneración grave de derechos humanos en el que hay que actuar", insiste Changue.

De hecho, la diputada de la CUP explica que la Conselleria d'Igualtat y Feministes lleva meses aplicando el concepto de la diligencia debida en los casos de violencia machista. Consta, incluso, en el protocolo marco de intervención. "Si una mujer no se atreve a dar el paso de denunciar, pero a los servicios sociales o los médicos les consta, la Generalitat activa el caso de oficio. ¿Por qué no lo aplican también en este caso? No hay que esperar a que la víctima denuncie, hay que actuar de oficio ante esta grave discriminación", sigue Changue, que pone también de ejemplo de cuando los Mossos actuaron de oficio en la campaña edadista y discriminatoria contra Ernest Maragall.

Varios abogados consultados por este diario explican también que el artículo 3.2 de la ley catalana de igualdad de trato y no discriminación obliga a la Generalitat a actuar en este caso. "Los profesionales de las administraciones públicas y de los servicios sostenidos con fondos públicos [...], si tienen conocimiento de una situación de riesgo o una sospecha fundamentada de discriminación o violencia, tienen el deber de comunicarlo a los cuerpos y fuerzas de seguridad y al órgano competente", dice la ley. "No hacerlo es una sanción grave", subraya la abogada Laia Costa, que cree que el Govern debe considerar lo ocurrido en Ripoll un caso de discriminación.

Igualtat insiste en reclamar a los ciudadanos que sufran malas prácticas que lo denuncien

Marc Serra, abogado y concejal de Barcelona En Comú, tilda de ilegal la actuación de la alcaldesa de Ripoll. "Es contrario a la normativa estatal de padrón, infringe la ley de igualdad de trato y no discriminación", ha subrayado. De hecho, ha urgido a la Generalitat a actuar y abrir un procedimiento sancionador.

La Generalitat señala que la ley estatal que regula el padrón no tiene régimen sancionador. "Quien puede imponer sanciones es un tribunal de justicia", explican desde la Conselleria d'Igualtat. También recuerdan que la oficina contra la discriminación de la Generalitat está tratando algunos casos sobre el empadronamiento, pero que optan por la vía de la mediación, tal y como dicta el artículo 51 de la ley catalana de igualdad de trato ante casos en los que esté implicada una administración.

Fuentes del departament que dirige Tània Verge sí insisten en que para confirmar que se trata de un acto discriminatorio es necesario conocer y comprobar varios casos de afectados. "Nos faltan pruebas", esgrimen fuentes de Igualtat, que insisten en animar a los afectados a denunciar.