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155, enseñar la zapatilla
Madrid 11 10 2017 -Vista general de la reunion extraordinaria del Consejo de Ministros que estudia las medidas de respuesta del Estado a la declaracion y posterior suspension temporal de independencia de Cataluna sobre las que informara el presidente del Gobierno Mariano Rajoy ante el pleno del Congreso EFE Prensa Moncloa Cesar P Sendra / Cesar P Sendra (EFE)
Jesús Pichel
El artículo 155 no es nuevo. Desde 1978 forma parte del Capítulo Tercero -De las Comunidades Autónomas- del Título VIII -De la organización territorial del Estado- de la Constitución. Contiene lo que en derecho constitucional se llama "coacción o coerción federal "por ser típico de Constituciones Federales y es una de las fórmulas para la resolución de conflictos entre un Gobierno Federal (en este caso el Gobierno de España) y el de alguna Federación (en nuestro caso, Comunidad Autónoma) haciendo prevalecer la autoridad del Estado si una Comunidad incumple los deberes que impone la Constitución.
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Lleva vigente los mismos 39 años que tiene la Constitución, pero es cierto que nunca se ha utilizado. La sola advertencia de su aplicación -algo así como enseñar la zapatilla- bastó para revertir la situación la única vez que estuvo cerca de aplicarse, probablemente porque su redacción genérica -que permite al Gobierno tomar las medidas que considere adecuadas para obligar al cumplimiento forzoso de lo incumplido- es coacción suficiente.
Que nunca se haya aplicado materialmente indica al menos dos hechos: que la lealtad constitucional de las Comunidades Autónomas ha sido la norma durante estos 39 años; y que no hay experiencia de la eficacia de su aplicación efectiva: qué medidas tomar, durante cuánto tiempo deben aplicarse y cómo retornar a la situación de lealtad, es decir, cómo y cuándo levantar la coacción. Por eso da vértigo.
Durante estos días se rumoreaba -y se daba por cierto- que la aplicación del 155 en Catalunya sería de perfil bajo, y se insinuaba que se paralizaría si el President convocaba elecciones. Sin embargo, para sorpresa de muchos -y escándalo de algunos por exceso o por defecto- el Gobierno ha dispuesto medidas muy duras que deberá aprobar el Senado.
Puede que el Gobierno efectivamente esté decidido a aplicarlas, pero cabe otra lectura: ¿y si tal dureza no es más que el anuncio de lo que el Gobierno está dispuesto a hacer si el President no convoca elecciones?
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