Sanción administrativa
Andalucía castiga con 300.000 euros la muerte de Julen en el pozo de Totalán
El dueño de la finca de Totalán (Málaga) donde hace año y medio murió el pequeño Julen Roselló deberá pagar una multa de 300.000 euros por una infracción muy grave en materia de seguridad minera. La Junta de Andalucía castiga así el descontrol del propietario, David Serrano, que realizó dos sondeos en el terreno para buscar agua sin autorización, permisos o incluso proyecto alguno. Serrano ya alcanzó un acuerdo con los padres del menor para evitar ir a juicio, aceptando un año de prisión y una indemnización de 175.000 euros.
Serrano había adquirido la finca poco antes de aquella fatídica tarde del 15 de enero, y según explicó entonces, su intención era desarrollar una pequeña plantación agrícola, para lo cual decidió explorar las posibilidades de agua en el terreno. Pero el expediente sancionador abierto por la Secretaría andaluza de Industria, Energía y Minas, basado en el informe de la Guardia Civil y la propia sentencia, no deja lugar a dudas sobre la ilegalidad de los trabajos. El pozo por el que cayó el menor en un descuido, de hasta 100 metros de profundidad y 25 centímetros de diámetro, no contaba con la autorización previa de las obras de captación de aguas subterráneas ni con una solicitud para ello, “ni había presentado el proyecto técnico de las obras”.
El informe pericial constató que no eran uno, sino dos las prospecciones “para el alumbramiento de aguas superficiales realizados a percusión”. El primero, señalaron los agentes, estaba “tapado o sellado y el segundo, sin entubar y sin protección alguna, siendo este último en el que cae el menor”. El cadáver de Julen no fue localizado hasta 13 días después de una titánica lucha contra la montaña, cuya dureza puso a prueba a los rescatadores en varias ocasiones.
El pocero
Durante la investigación, Serrano trató de responsabilizar al pocero encargado de la obra, sobre quien pesa también una propuesta de multa de 30.000 euros por una infracción grave al realizar las prospecciones sin dirección facultativa y omitiendo los permisos previos. Sin embargo, los peritos incidieron en que, más allá de los permisos, tampoco se tomaron las medidas de seguridad establecidas para evitar un accidente, principalmente en el pozo al que cayó el niño.
En este sentido, la sentencia dictada en enero del 2020 considera probado que el dueño de la finca “contrató verbalmente” la ejecución de las perforaciones, y que, aunque en un primer momento tapó el pozo con “dos bloques de hormigón”, posteriormente el acusado los movió y, “faltando a sus deberes de diligencia, dejó al descubierto el pozo”.
Con todos estos datos, la Secretaría General de Industria, Energía y Minas inició el procedimiento sancionador y propuso imponer una multa por infracción muy grave. La defensa del sancionado, señalan desde la Junta, no presentó alegaciones, de ahí que ahora se haya dictado la resolución y la multa sea firme.
“Evidentemente nuestra voluntad es que, si se pone una sanción, que se ejecute, sin ninguna duda”, zanjó el portavoz del Ejecutivo andaluz sobre las dificultades de Serrano para abonar la multa. En el acuerdo judicial, que perseguía evitar que los padres de Julen tuvieran que revivir aquellos aciagos días de rescate, el dueño de la finca aceptó un año de cárcel y una indemnización de cerca de 180.000 euros, que tras un primer pago de 25.000 euros iría abonando en cuotas de 50 euros mensuales en función de sus ingresos, ya que Serrano estaba desempleado en el momento del juicio.
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