Comicios el 18 de febrero

Cómo solicitar el voto por correo para las elecciones en Galicia 2024

Así están las encuestas de las elecciones en Galicia 2024

Voto por correo entregado en una oficina de Correos.

Voto por correo entregado en una oficina de Correos. / Miguel Lorenzo

Europa Press

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El próximo 18 de febrero tendrán lugar las elecciones autonómicas en Galicia. Los votantes gallegos ya pueden votar por correo desde el 26 de diciembre, cuando se abrió el plazo, de forma telemática y presencial. Pero, ¿cómo funciona el voto por correo?

¿Qué documentación hace falta?

¿Qué documentación hace falta?

Los electores que decidan votar por correo deberán acreditar su identidad presentando el DNI, Pasaporte o carnet de conducir originales, en el momento de presentar el voto y no sólo cuando se solicita.

En el caso de no poder acudir personalmente por enfermedad o discapacidad debidamente acreditada mediante certificación médica, el elector deberá otorgar una autorización para que la entrega sea realizada por otra persona, que deberá estar firmada y acompañada de una fotocopia de su DNI o documento análogo.

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo para la solicitud del voto por correo finalizará el 8 de febrero de 2024.

¿Cuál es el plazo para depositarlo?

¿Cuál es el plazo para depositarlo?

El sobre con el voto por correo debe remitirse no más tarde del 14 de febrero de 2024 de manera presencial en una oficina de Correos. Cabe recordar que si uno vota por correo no puede votar después en mesa el día de las elecciones.

¿Cuál es el horario de las oficinas?

¿Cuál es el horario de las oficinas?

Correos abre sus oficinas en Galicia de lunes a viernes con un horario de 8:30 a 20:30 horas. Con el objetivo de agilizar los trámites y evitar esperas, la compañía ofrece la opción de concertar una cita previa para la solicitud del voto en cualquiera de sus oficinas. Para acceder a una de estas citas, el elector deberá seleccionar la oficina disponible a través de la app, la web de Correos o la Oficina Virtual.

¿Qué documentación se recibe en casa?

¿Qué documentación se recibe en casa?

Una vez solicitado, uno recibe en casa la documentación electoral. Esta comprende un sobre con las papeletas de cada formación política, el certificado de inscripción en el censo y otro sobre con la dirección de la Mesa donde le corresponde votar. Esta documentación se recibirá en la dirección que se indique en la solicitud a partir del 29 de enero de 2024. Esta dirección no tiene por qué ser el domicilio habitual.

¿Cómo se solicita de forma telemática?

¿Cómo se solicita de forma telemática?

Para solicitar el voto por correo por Internet es necesario tener un DNI electrónico o un certificado digital válido, así como el programa AutoFirma instalado en su ordenador, para firmar electrónicamente. Este trámite se realiza en la web de Correos www.correos.es.

Los certificados de persona física aceptados por el sistema son: AC ABOGACÍA, Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica - ACCV, ANCERT - Agencia Notarial de Certificación, ANF AC, BEWOR, CAMERFIRMA, CERES Fábrica Nacional de Moneda y Timbre - Real Casa de la Moneda (FNMT-RCM), Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos de España (AC-CGCOM), Consorci AOC (CATCert), Dirección General de la Policía, Docuten, EADTrust, EDICOM, ELECTRONIC IDENTIFICATION, ENTRUST EU, esFIRMA, Firmaprofesional S.A., inDENOVA, INDIZE, IVNOSYS, Izenpe, S.A., Logalty Servicios de Tercero de Confianza S.L., Ministerio de Defensa de España, Registradores de España, SECTIGO, SIA, Signaturit, SIGNE, Autoridad de Certificación, UANATACA, VALIDATED ID o VINTEGRIS.

¿Y si vivo en el extranjero?

¿Y si vivo en el extranjero?

Aquellos electores que vivan permanentemente en el extranjero podrán solicitar el voto por correo si están inscritos a día 1 de octubre de 2023 en el Censo Electoral de residentes españoles que vivan en el extranjero (CERA). En este caso, no es necesario presentar ninguna solicitud como paso previo para el ejercicio del voto.

Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral remitirán la documentación electoral a la dirección de inscripción de cada elector. En un primer envío que los electores recibirán entre el 13 a 19 de enero de 2024 estará el sobre en el que figurará la dirección de la Junta Electoral competente, el sobre donde aparezca la dirección de la Oficina Consular en la que estén inscritos, así como los certificados de inscripción en el censo; y una hoja informativa con toda la información relevante para votar.

Se realizará un segundo envío entre el 24 y el 28 de enero de 2024 con las papeletas. Estas también se podrán descargar desde el momento en el que se produzca la proclamación de las candidaturas y hasta el 15 de febrero, a través del enlace que se habilita para ello.

Una vez recibida la documentación, los electores tienen dos posibilidades para ejercer su derecho a voto. Por un lado, los votantes podrán remitir el sobre dirigido a la Junta Electoral competente para su escrutinio por correo certificado al Consulado. El plazo para depositarlo finaliza el sábado 13 de febrero.

Por otro lado, podrán depositar personalmente el voto en la oficina consular en la que están registrados desde el 10 de febrero hasta el 15 de febrero (ambos inclusive).

En ambos casos será indispensable incluir en el sobre electoral una fotocopia del pasaporte o del DNI, así como, un cuño u otra inscripción oficial de la Oficina de Correos del Estado que certifique el cumplimiento del requisito temporal.

¿Y los que estén temporalmente en el extranjero?

¿Y los que estén temporalmente en el extranjero?

Los electores que se encuentren temporalmente en extranjero y decidan votar por correo en las elecciones de Galicia 2024 podrán solicitar la documentación electoral hasta el 20 de enero y deberán estar inscritos en la Oficina Consular como no residentes.

Una vez recibida la documentación de la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, el plazo para depositar el voto por correo postal certificado a la mesa electoral correspondiente en España finalizará el 14 de febrero.