Reforma legislativa
El Supremo teme que la rebaja de la sedición debilite la sentencia del 'procés' en Estrasburgo
La reducción de las penas al considerarlas el Gobierno desproporcionadas en el nuevo delito de desórdenes públicos agravado influirá en el fallo del TEDH

Oriol Junqueras declara en la tercera jornada del juicio del 'procés', en la Sala de Plenos del Tribunal Supremo / Tribunal Supremo / Efe


Ángeles Vázquez
Ángeles VázquezPeriodista
Periodista especializada en tribunales. Vivo entre la Audiencia Nacional, el Supremo y el Constitucional. Descubrí '100 cosas que hacer en Madrid al menos una vez en la vida' y lo conté en un libro.
Que la batalla final del 'procés' se jugaría en Europa es algo que las defensas venían diciendo desde que en el mismo otoño de 2017 empezaron los procedimientos judiciales a partir de las dos querellas por rebelión que presentó la Fiscalía. Lo que entonces no podían saber los abogados defensores es el espaldarazo que supondrá para sus pretensiones en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) la sustitución del delito de sedición por uno de desórdenes agravados anunciada por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en una entrevista en La Sexta.
Fuentes del Tribunal Supremo señalan a EL PERIÓDICO DE CATALUNYA que la reforma del delito por el que acabó condenando en la sentencia del 'procés', con el argumento de que las penas que contempla nuestro Código Penal son desproporcionadas a la conducta cometida, devalúa las condenas que se pusieron en su día, porque el principio de proporcionalidad es prácticamente tan importante como el de legalidad.
De ahí que si la reforma anunciada por Sánchez declara que las penas impuestas en su día fueron exageradas de cara a la gravedad del comportamiento delictivo que se produjo, lo más probable es que el tribunal con sede en Estrasburgo acabe declarándolo también, lo que supondrá la estimación, al menos en parte, de los recursos presentados por el presidente de ERC, Oriol Junqueras, y el resto de condenados, y sentarán el precedente de lo que les espera a los huidos, con el expresidente catalán Carles Puigdemont a la cabeza.
Prácticamente desde el comienzo de la legislatura, el Gobierno de Pedro Sánchez lleva manifestando la necesidad de homologar las penas previstas para el delito de sedición con el de las legislaciones de países de nuestro entorno, como ha reiterado el propio presiente este jueves. La ministra de Justicia, Pilar Llop, lo volvió a decir hace unas semanas al señalar que en el Código Penal español está incluido con los delitos contra el orden público y sus penas son muy superiores a las que aparecen en el mismo apartado.
Aplicación automática
Cualquier rebaja de una pena en el Código Penal tiene una aplicación automática en los condenados por ese delito. En el caso de los condenados del 'procés', al haber sido indultados por el Gobierno (lo que les permitió salir de prisión), ya solo tendrá efectos si afecta a la pena de inhabilitación para ejercer cargos públicos, que todavía cumplen.
A los huidos les permitirá saber a qué pena acaban teniendo que enfrentarse, si alguna vez están a disposición de la justicia española. A los que eran miembros del Govern de Puigdemont la rebaja les beneficiará, pero no tanto como para evitar la cárcel, si se produjera una improbable despenalización, porque también tendrían que responder de malversación de caudales públicos, penada por sí sola con seis años de cárcel.
En cambio, la secretaria general de ERC, Marta Rovira, solo está procesada por rebelión, delito que la sentencia declaró que no se había cometido, puesto que lo ocurrido fue sedición. De ahí que cualquier rebaja directa en este delito que pueda salir de las Cortes le será de aplicación automática en el procedimiento que le aguarda en España, si algún día decide volver desde Suiza, donde estableció su residencia para eludir la acción de la justicia.
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