Préstamos polémicos

¿Qué puede pasar con las hipotecas al IRPH? 3 claves de la sentencia de la justicia europea

La sentencia europea del IRPH abre una brecha en el sistema judicial español

Hipotecas al IRPH: ¿Qué pasa con la decisión del abogado de la UE?

IRPH

IRPH / JOSEP GARCIA

Agustí Sala

Agustí Sala

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La justicia europea dictaminrá de nuevo este jueves sobre las hipotecas vinculadas al índice de referencia de préstamos hipotecarios (IRPH), avalado por el Tribunal Supremo, pero sobre el que se tiene que pronunciar el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) tras la petición de un juzgado de primera instancia de Palma de Mallorca. En juego hay un mínimo de 3.000 millones de euros, aunque se ha llegado a hablar de hasta 18.000 millones. En los bancos tratan de transmitir tranquilidad al afirmar que es la quinta vez que el TJUE se pronuncia sobre la cuestión y las veces anteriores no han supuesto ningún disgusto para las entidades. Ahora, el TJUE tendrá que resolver las cuestiones prejudiciales remitidas en marzo de 2022 por el juzgado de primera Instancia de Palma de Mallorca sobre si el hecho de que las entidades comercializaran el IRPH sin aplicar un diferencial negativo para igualarlo a otros tipos del mercado como establece el criterio normativo de la circular 5/1994 del Banco de España es una práctica desleal e indicio de su carácter abusivo.

¿Qué es el IRPH?

¿Qué es el IRPH?

El IRPH fue un índice oficial, hoy en desuso, elaborado por el Banco de España, y el segundo más utilizado, tras el euríbor, en las hipotecas a interés variable. Para calcularlo se hacía una media del interés cobrado por las entidades, incluyendo los gastos en préstamos hipotecarios a más de tres años. Casi siempre ha sido superior al euríbor. Es más beneficioso para las entidades bancarias y en la mayoría de los casos, negativo para el cliente. Hasta el 1 de noviembre de 2013 convivieron tres tipos de IRPH. A partir de entonces, dos de ellos (IRPH bancos y el IRPH cajas de ahorro) dejaron de publicarse según lo establecido en la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios. Solo se mantuvo el IRPH del conjunto de entidades. El Banco de España lo publica con el nombre de "Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de 3 años para adquisición de vivienda libre". En mayo estaba en el 3,967% y el euríbor, en el 3,862% en el mismo mes.

¿Cuál es el problema?

¿Cuál es el problema?

No se trata de una referencia hipotecaria ilegal, pero ha sido generalmente más elevado que el euríbor. La polémica sobre este índice empezó hacia 2013, cuando el euríbor empezó a bajar hasta caer a niveles negativos. Pero la cuestión esencial es el procedimiento seguido por los bancos al venderlo. En este entido se ha puesto en duda su transparencia. La demanda de un cliente contra Bankia en 2018 por una por una hipoteca de 132.222,66 euros concedida en 2001 con un tipo de interés de IRPH de más de 0,25 puntos cuyo préstamo se encareció entre 18.000 y 21.000 euros llevó al juzgado de primera instancia de Barcelona a elevar una cuestión prejudicial para que el alto tribunal europeo analizara si se comercializó con la debida transparencia. El año pasado, el Tribunal Supremo avaló esta referencia, pese a admitir que no era transparente. es decir, reproche sin penalización. Con anterioridad, la justicia europea había insistido en la falta de transparencia del IRPH. Tras el fallo del Supremo, el juzgado de primera instancia de Palma elevó otra cuestión prejudicial ante el TJUE.

Durante años, los bancos contaron a los clientes que el IRPH era más seguro que el euríbor porque variaba menos de un mes para otro. Pero muchas dejaron de contar cómo se calcula y que casi siempre cotizaría más alto que el euríbor. Es decir, que hubo personas que contrataron un préstamo ligado al IRPH sin saber qué estaban contratando y que les costaría más caro. Si la justicia europea falla a favor de los consumidores se abriría de nuevo la puerta a reclamar por parte de los afectados por este índice en los casos en los que los bancos al comercializar estas hipotecas no cumplieran con lo estipulado en la circular. En caso contrario, las opciones de poder hacerlo se reducen. Desde hace años, los juzgados de primera instancia han dado la razón a los consumidores, al considerar que para ser transparente, el contrato debe incluir explicaciones detalladas como comparaciones con otros indíces, evolución histórica y previsiones sobre su evolución, pero el Tribunal Supremo y luego el TJUE limitaron mucho esos requisitos.

¿Cuánto hay en juego?

¿Cuánto hay en juego?

Hay muy pocas cifras actuales sobre esta materia y la mayoría de bancos se apresuran a afirmar que supone un peso residual en su cartera hipotecaria, en muchos casos heredada de las antigus cajas. En 2019 se estimaba que los afectados podrían ser en torno a un millón de clientes y la exposición de la banca, alrededor de 18.000 millons de euros. Las distintas entidades comunicaron entonces su exposición a este tipo de préstamos. CaixaBank encabezaba la lista con 6.446 millones de euros, seguido de Banco Santander (4.300 millones de euros, en su mayoría procedentes del Banco Popular, que absorbió); el BBVA (3.100 millones de euros), Bankia (1.600 millones de euros), Banc Sabadell (831 millones de euros), Liberbank (209 millones de euros, de los que 99,5 millones son otorgados a empleados del banco) y Unicaja (200 millones de euros). Kutxabank admitió una exposición al IRPH de 727 millones de euros. Bankinter, por su parte, aseguro que no había comercialziado ninguna hipoteca referenciada a este índice. Algunas de las entidades ratifican estas cifras que se dieron hace tres años.

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