IRPF
El listado de contribuyentes a quienes Hacienda no les hará la declaración de la Renta
El Periódico
Bajo la firma ‘El Periódico’ se podrán encontrar informaciones de actualidad realizadas de manera conjunta por varios miembros del equipo de última hora u otra sección, elaborada con distintas fuentes y en la que ninguna de las aportaciones sea prioritaria ni incluya una información suficientemente sustantiva como para justificar una firma concreta.
EP
La Campaña de la Renta y Patrimonio de 2022 arrancará el próximo 11 de abril con la presentación de las declaraciones por internet, de acuerdo con el calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria. La Campaña de la Renta de este año, que se corresponde con los ingresos obtenidos en 2022, se prolongará entre el 1 y el 30 de junio de manera ordinaria, pero previamente, desde el próximo 11 de abril se podrán presentar ya las primeras declaraciones del IRPF y de Patrimonio a través de internet, un medio que ya utilizan nueve de cada diez contribuyentes.
Asimismo, desde el próximo 5 de mayo y hasta el 30 de junio la declaración del IRPF se podrá presentar también por teléfono, y entre el 1 y el 30 de junio, coincidiendo con el periodo ordinario de la Campaña, los contribuyentes podrán presentar su declaración en las oficinas de la Agencia Tributaria. Con resultado a ingresar y con domiciliación bancaria, el plazo concluye el 27 de junio.
La Agencia Tributaria ya ha habilitado la descarga de los datos fiscales y parte de los contenidos informativos de la próxima Campaña de Renta 2022, con el objetivo de adelantar las gestiones en las declaraciones.
Por otro lado, Hacienda también realizará declaraciones que incluyan compensaciones de partidas pendientes de ejercicios anteriores, rentas exentas con progresividad, regularización de clausulas suelo, deducción por doble imposición internacional y con rectificaciones del ejercicio del año anterior.
Sin embargo, existen diferentes escenarios a partir de los cuales será el contribuyente quien deba presentar la Declaración sin la ayuda de Hacienda.
En concreto, hay cinco supuestos:
- Rentas del trabajo superiores a los 65.000 euros.
- Rentas de capital mobiliario que superen el límite de 15.000 euros.
- Arrendamiento de inmuebles con más de dos inmuebles / contratos de alquiler
- Alquileres turísticos con plataforma.
- Transmisión de más de 2 inmuebles o acciones de más de 2 emisores.
- Transmisión de bienes adquiridos por herencia o donación.
- Qué está pasando con las sardinas en lata y por qué recomiendan no volver a consumirlas
- Buenas noticias de la Seguridad Social: gafas y lentillas gratis para todos
- La Academia de la Guardia Civil de Baeza instala nuevas medidas tras la supuesta grabación en los vestuarios femeninos
- La madre de Moisés habla alto y claro sobre la victoria de Óscar en 'Pasapalabra
- Los Mossos de Gavà detienen a dos personas por estafar a una treintena de víctimas en Catalunya
- Una ocupación en el extinto Llobregat Centre de Cornellà pone en alerta a los propietarios
- Vuelve el dilema de los mejillones en lata: qué está pasando y por qué desaconsejan su consumo excesivo
- Tomar café en ayunas: todo lo que debes saber