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Accidente por nieve en la Vall d'Aran

Vista general de Salardú y Gessa, en la Vall d’Aran.

Vista general de Salardú y Gessa, en la Vall d’Aran. / RAMON GABRIEL

Mario Martín

Érase una vez el último día de noviembre del decimotercer año del siglo XXI, en un montañés pueblo del Vall d'Aran, a 1.200 metros de altura sobre el nivel del mar, cuando una pertinaz víctima, residente en la parte baja de Salardú, decidió salir de su casa para, haciendo uso de la vía pública, mantenida con fondos de todos los ciudadanos,  realizar la compra de los víveres y necesidades del día a día. A 20 metros de la puerta de su casa, dentro del casco urbano de la localidad, se fracturó el tobillo debido a que, al margen de la nevada que caía ese día, la vía pública no había sido limpiada de la primera nevada de ese invierno, caída el fin de semana anterior, seguramente porque la temporada oficial de nieve no había comenzado todavía, y los turistas no habían llegado aún.

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Lo cierto es que nuestra protagonista, segura y convencida de su decisión, había llamado minutos antes al Ayuntamiento de Naut Aran, solicitando la limpieza de la vía pública, haciéndoles ver que el verdadero peligro de la vía pública estribaba en el hielo acumulado desde hacía siete días, y no en la propia nevada de ese día, lo cual no la arredró, hasta finalmente conseguir partirse el maléolo, logrando tener coartada para solicitar servicios de urgencia a través del teléfono 112 y hacer que los bomberos tuvieran que subir hasta la puerta de su propia vivienda para rescatarla de tan insospechado lugar, teniéndoles que hacer deslizar una camilla, sobre la que la evacuaron, porque la vía pública estaba en estado impracticable, a pesar de que las obligaciones que las Leyes vigentes exigen a los municipios es que se permita el uso del común de los ciudadanos.

Nuestra intrépida protagonista tuvo que ser operada de urgencia en el Hospital de Viella, recibir sesenta sesiones de rehabilitación y hacer uso de una silla de ruedas para desplazarse durante 45 días, para finalmente ser dada de alta 132 días después de los hechos descritos, durante los cuales no pudo dedicarse a sus obligaciones profesionales.

Todo ello no ha sido óbice para que la jueza doña Alejandra Esteban Aruej, titular del Juzgado Contencioso Administrativo nº 1 de Lleida, entienda, perspicazmente, que la  víctima fue realmente el origen del problema, por lo cual no cabe ninguna indemnización por parte del Ayuntamiento de Naut Aran, a pesar de que el accidente se produjo porque no se había limpiado la zona de la vía pública, por encontrarse el Ayuntamiento desbordado.

Esta es la justicia que podemos disfrutar en este Estado llamado España, que, quizá, no es país para justos.

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