La víctima no compareció a declarar

Absuelto el acusado de abusar sexualmente de la hija de 12 años de su pareja en Girona

El motivo principal es que no hay pruebas que avalen el relato de la menor, cuya madre la acusa de invención "por venganza"

Archivo - Fachada del Palau de Justícia de Girona, sede de la Audiencia Provincial

Archivo - Fachada del Palau de Justícia de Girona, sede de la Audiencia Provincial / El Periódico

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La Audiencia ha absuelto al acusado que se enfrentaba a cinco años de cárcel por abusar sexualmente de la hija de 12 de la pareja mientras convivían en un domicilio de Girona. La sentencia recoge que la víctima no compareció a declarar en el juicio y no descarta que interpusiera la denuncia por venganza.

El tribunal remarca, sin embargo, que el motivo principal de la absolución es que no hay pruebas que avalen el relato de la menor: "Las dudas sobre la persistencia de la declaración y su motivación nos sitúan en un escenario complejo. Pese a ello, tampoco cargaremos las tintas en estas cuestiones porque la sala considera que tiene más peso que el relato incriminador la presencia (o ausencia) de elementos de corroboración. El problema es que en este caso están ausentes".

La fiscalía y la acusación particular pedían cinco años de cárcel para el procesado, pareja de la madre de la víctima, porque sostenían que aprovechaba los ratos que se quedaba solo con la menor para darle tocamientos y decirle comentarios obscenos. Las acusaciones situaban los presuntos abusos entre agosto y octubre de 2018.

En el juicio, el acusado lo negó y el abogado de la defensa, Sergio Noguero, pidió la absolución. La chica no compareció y, por tanto, no declaró a la Audiencia. Sí lo hizo su madre que dijo que la denuncia de la menor era "mentira". Según la mujer, la hija se inventó los abusos como "venganza" para hacerle daño y conseguir más libertad en casa.

La sentencia de la sección cuarta de la Audiencia de Girona, de la que ha sido ponente el magistrado Daniel Varona, concluye que "no ha quedado acreditado, con la seguridad y certeza de que requiere todo pronunciamiento penal condenatoria, que en fechas no determinadas de los meses de agosto y octubre de 2018 el acusado realiza tocamientos con ánimo sexual a la menor".

Relato con "problemas de entrada"

El tribunal apunta a que el relato de la menor tiene "problemas de entrada". Por un lado, porque la víctima no compareció de forma voluntaria en el primer juicio que se había señalado y esto obligó a suspenderlo y, después, resultó "de localización imposible". Y también porque la defensa, encabezada por el letrado Sergio Noguero, alegó que podía haber una "motivación espuria" tras la denuncia porque tenía una "relación turbulenta" con su madre.

Según la sentencia, estos dos hechos sitúan el caso en un "escenario complejo" a la hora de valorarlo. Sin embargo, el tribunal remarca que no tiene intención de "cargar las tintas" en las cuestiones relacionadas con la credibilidad o la persistencia en la incriminación porque la sala "considera que, más peso que el relato incriminador, tiene la presencia (o ausencia ) de elementos de corroboración objetiva". "Y el problema es que, en este caso, están ausentes", añade.

La Audiencia expone que las acusaciones han pretendido "hacer pivotar" la corroboración del relato que la víctima hizo en el juzgado de instrucción en las declaraciones de profesores de la menor a quien habría explicado los hechos, los informes de los educadores que le atendieron en el centro de acogida y la pericial del equipo de asesoramiento técnico penal que le hizo la exploración. Todos son testigos de referencia que no presenciaron los hechos y esto hace que "no puedan corroborarse las manifestaciones incriminatorias de la menor con elementos que las doten de cierta objetividad".

"En definitiva, encontrándonos ante un relato de incriminación que presenta lagunas importantes y ante la ausencia de elementos de corroboración del mismo, no otra resolución que dictar una sentencia absolutoria", concluye la Audiencia.