Referéndum de 2017

La Audiencia de Barcelona envía a juicio a 46 policías nacionales por las cargas del 1-O

La fiscalía y las acusaciones populares deberán presentar ahora su escrito de calificación y después le tocará hacerlo a las defensas

El juez deja a un paso de juicio a policías nacionales por las cargas del 1-O

Las cargas policiales del 1-O, a juicio

Carga policial frente al colegio Ramon Llull, en Barcelona, durante el referéndum del 1 de octubre de 2017. / Foto: Ferran Nadeu | Vídeo: EPC

J. G. Albalat

J. G. Albalat

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La Audiencia de Barcelona ha confirmado la decisión del Juzgado de Instrucción número 7 de Barcelona de enviar a juicio a un total de 46 policías nacionales por las cargas en las diferentes escuelas de la capital catalana durante la jornada del referéndum unilateral del 1 de octubre de 2017. Reafirma, así, el criterio del magistrado instructor, que considera que existen suficientes indicios de delitos de lesiones y contra la integridad moral en este caso. En la resolución, el tribunal descarta investigar a más agentes —motivo de los recursos de apelación de las acusaciones—, pero también rechaza archivar la causa contra los ya acusados, denegando las peticiones de sus defensas y pese al apoyo mayoritario de la Fiscalía de Barcelona. En total, los magistrados han resuelto casi cincuenta recursos. El delito de integridad moral no entra en la ley de amnistía.

La resolución de la Audiencia de Barcelona señala que "la calificación jurídica indiciaria que otorga el auto a los hechos descritos va más allá de simples delitos de lesiones y apunta claramente a que algunas conductas podrían ser incardinadas en el delito contra la integridad moral cometido por funcionario público", según las acusaciones populares ejercidas por Òmnium Cultural e Irídia. Estas dos entidades, además de la ANC, recurrieron contra algunos autos de archivo, pero el tribunal los ha confirmado. Por lo que respecta a los agentes investigados, se han desestimado también sus recursos contra su imputación. Los magistrados argumentan que hay muchas evidencias e imágenes que indican que podrían haberse cometido abusos policiales contra los votantes independentistas.

Los togados de la Audiencia recalcan que coinciden con el criterio del juez instructor, "que se ha basado en parámetros objetivos como la existencia o no de advertencias o intentos de mediación previos a las cargas" o la ·"mayor o menor violencia con las que estas se llevaron a cabo, el tipo de medios empleados, su forma de uso, las partes del cuerpo en que se dirigieron los golpes e incluso la edad y la condición de las personas lesionadas". Según los magistrados, el instructor de la causa ha seguido criterios "racionales, coherentes, objetivos y desapasionados, sin atisbo de contaminación política o ideológica, que es más de lo que se puede decir del contenido de algunos recursos".

Òmnium Cultural e Irídia consideran que esta es una resolución muy importante porque supone un gran paso adelante en "la lucha contra la impunidad de una actuación policial no solo desproporcionada sino delictiva", que provocó la condena de los principales organismos internacionales de derechos humanos. En un comunicado, han expresado que "después de muchos años de trabajo, 46 agentes de la Policía Nacional son enviados a juicio, gracias principalmente al rol de la sociedad civil como herramienta de protección de derechos humanos".

Escritos de acusación y defensa

El juez de Barcelona Francisco Miralles, que investigó las cargas de la Policía Nacional en el 1-O, dejó a un paso de ir a juicio en enero de 2023 a 45 agentes del cuerpo (ahora son 46) ante los indicios de que su actuación podría constituir delitos de torturas, contra la integridad moral o lesiones. El magistrado, en cambio, archivó la causa para otros 20 agentes. En un auto, el titular del Juzgado de Instrucción número 7 de Barcelona, dio por concluida la investigación y daba un plazo de 40 días a las acusaciones y defensas para que presentaran sus escritos de calificación o solicitasen el archivo de la causa abierta a los agentes, a los que imputa cargas desproporcionadas en 25 escuelas que acogieron urnas en la consulta soberanista. Las defensas y las acusaciones recurrieron y la Audiencia de Barcelona ha ratificado su decisión, por lo que el siguiente paso debe ser que se presenten los escritos de acusación y los de defensa.

La investigación judicial se ha centrado en los agentes y los mandos que actuaron sobre el terreno, sin llegar a inculpar a las altas cúpulas policiales o políticas, al no demostrarse durante la instrucción que existiera una orden para cargar contra los votantes. El togado recordaba en su resolución que los uniformados siempre deben actuar de forma bajo los principios de "congruencia, oportunidad y proporcionalidad" e "impedir cualquier práctica abusiva, arbitraria o discriminatoria que entrañe violencia física o moral". El juez aprecia "déficit" en la actuación con respecto a la normativa y el protocolo.

Este protocolo se cumplió en 14 de los 27 colegios de Barcelona, donde el magistrado describe “agarres y empujones”, pero no acciones “desproporcionadas” que fueran más allá de apartar a votantes para retirar las urnas y papeletas, como había ordenado el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC). Sin embargo, en 13 centros, el instructor sí ve actuaciones de agentes contra votantes donde “se aprecian claros déficits respecto a los protocolos” y un “uso innecesario de la fuerza”. Es el caso, entre otros, del agente que propinó una patada a un votante en el colegio Pau Claris, o del que dio varios golpes de porra a una mujer a las puertas del colegio Mediterrània. El togado centra su relato sobre todo en las imágenes grabadas durante la intervención de la policía, así como en el parte de lesiones y asistencia médica presentado por algunos de los congregados.