Tras la decisión de TGUE

El Supremo prevé reactivar la euroorden contra Puigdemont sin esperar al TJUE

La justicia europea retira la inmunidad a Puigdemont y abre la vía a nuevas euroórdenes

¿Qué pasará con Puigdemont? ¿Habrá euroorden?

Carles Puigdemont.

Carles Puigdemont.

Ángeles Vázquez

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El Tribunal Supremo prevé volver a cursar las euroórdenes que dejó en suspenso el pasado mes de enero contra el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y el 'exconseller' Toni Comín, sin esperar a que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) resuelva el recurso que ambos han anunciado contra la sentencia del Tribunal General de la UE que les levanta su inmunidad al avalar el suplicatorio concedido por el Parlamento Europeo al juez Pablo Llarena. No obstante, la ley prevé que el magistrado actúe a instancias de la fiscalía o la acusación particular, cuya representación en este asunto asumió la Abogacía del Estado.

Fuentes jurídicas señalan a EL PERIÓDICO DE CATALUNYA que la resolución del TGUE ha levantado la barrera que impedía instar la entrega de los procesados en rebeldía por su responsabilidad el 1-O, por lo que no tendría sentido que el juez Llarena esperara ahora a que esa decisión sea revisada por el tribunal superior, aunque los eurodiputados catalanes hayan anunciado su intención de acudir a él. Para formalizar la impugnación Puigdemont, Comín y Clara Ponsatí tienen más de dos meses. A ese tiempo habría que sumar el que luego tarde el TJUE en pronunciarse, por lo que la solicitud para tratar de lograr su entrega a través de nuevas euroórdenes se podría demorar años.

De ahí que lo lógico sea que Llarena vuelva a solicitar a las autoridades belgas la entrega del 'expresident' sin esperar a que se dicte otra sentencia por la justicia europea. La nueva reclamación permitirá en todo caso que Puigdemont la recurra y solicite su suspensión cautelar mientras se resuelve el fondo, algo que podría ser acordado tanto por Bélgica como por el propio TJUE.

Además, dichas fuentes descartan la necesidad de volver a cursar un nuevo suplicatorio al Parlamento Europeo, porque la autorización de una Cámara se concede por unos hechos, no por una calificación jurídica u otra. La defensa de Puigdemont argumenta, en cambio, que la eliminación del delito de sedición y limitar la entrega al de malversación, implica la tramitación de un nuevo permiso de la Cámara.

A petición del fiscal

El artículo 39 de la ley de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la UE prevé que "con carácter previo a la emisión" de una nueva euroorden, el juez acuerde "mediante providencia el traslado al ministerio fiscal y, en su caso, a la acusación particular para informe, que deberá evacuarse en el plazo de dos días, salvo que razones de urgencia exijan hacerlo en un plazo más breve".

De tal forma, que "solo si el ministerio fiscal o, en su caso, la acusación particular interesara la emisión de la orden europea de detención y entrega para el ejercicio de acciones penales, podrá acordarlo el juez, por auto motivado", añade el apartado 3 de dicho artículo. Esa acusación fue la que ejerció la Abogacía del Estado en el procedimiento seguido en el alto tribunal. Fuentes fiscales han señalado a este diario que aún no han recibido ninguna notificación del magistrado y que en cualquier caso una decisión al respecto necesita el estudio de la sentencia del TGUE en su conjunto para llegar a una conclusión sobre si debe instar o no la reactivación de la reclamación contra Puigdemont.

Tras la derogación de la sedición y la reforma de la malversación, la euroorden contra el expresidente catalán y contra Comín solo se podrá plantear por este delito, que al estar incluido entre los de la corrupción debería suponer su entrega automática, aunque todo dependerá de las autoridades belgas, ante las que se instará en un primer momento por ser el país donde tienen fijada su residencia los reclamados. No obstante, la podrán reproducir ante otros países si viajan a ellos como ocurrió con Italia, cuando el 'expresident' fue arrestado en Cerdeña.

Cuando se produjo la reforma del Código Penal que obligó a Llarena a dejar en suspenso las euroórdenes hasta que el Supremo alcanzara un criterio definitivo sobre los delitos por los que se procesaba a Puigdemont y se pronunciaba la justicia europea, el Gobierno defendió que no serviría para que el expresidente huido esquivara la causa que le aguardaba en España. Este mismo miércoles la ministra de Justicia, Pilar Llop, insistió ante los medios en que Puigdemont debía presentarse ante la justicia española, porque "España es un Estado de derecho" y "la ley se cumple en Catalunya al contrario que en la anterior etapa".

Para intentar hacerlo posible, será necesario que la fiscalía o la Abogacía del Estado vuelvan a instar la tramitación de una euroorden al juez Llarena. Para el que no será necesario este trámite es para Lluís Puig, porque al no ser eurodiputado su reclamación se espera desde que el Tribunal de Justicia de la UE determinó que un país no puede negar una entrega a otro, sin que en este existan vulneraciones sistémicas de derechos, lo que declaró que no ocurría en España.

En el caso de Clara Ponsatí, al estar solo procesada por desobediencia, sería suficiente que compareciera ante el Supremo para prestar declaración indagatoria. Al haber ignorado la citación que le hizo ya el juez Llarena, este ha ordenado su detención si vuelve a España para ser conducida a su presencia.

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