Nueva euroorden

El juez Llarena se prepara para volver a intentar la entrega de Lluís Puig tras ser respaldado por la Sala Segunda

El Supremo confirma en apelación el procesamiento de Puigdemont, Comín, Puig y Ponsatí

El instructor del 'procés' esperará al desenlace de la sedición para volver a instar la entrega de Puig

SLQ03  BRUSELAS (BELGICA)  12 02 2019 - (De izq a der) Los exconsellers catalanes y dirigentes independentistas Antoni Comin  Lluis Puig y Meritxell Serret participan en una manifestacion convocada este martes en el barrio europeo de Bruselas (Belgica) contra el juicio para determinar la responsabilidad penal de los doce dirigentes independentistas catalanes que ha comenzado en el Tribunal Supremo espanol  EFE  Stephanie Lecocq

SLQ03 BRUSELAS (BELGICA) 12 02 2019 - (De izq a der) Los exconsellers catalanes y dirigentes independentistas Antoni Comin Lluis Puig y Meritxell Serret participan en una manifestacion convocada este martes en el barrio europeo de Bruselas (Belgica) contra el juicio para determinar la responsabilidad penal de los doce dirigentes independentistas catalanes que ha comenzado en el Tribunal Supremo espanol EFE Stephanie Lecocq / STEPHANIE LECOCQ

Ángeles Vázquez

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El juez Pablo Llarena ya tiene todo lo que necesita para volver a instar la entrega del 'exconseller' de Cultura Lluís Puig. Una vez que la Sala de Apelación del Tribunal Supremo ha respaldado su criterio a la hora de adaptar el procesamiento del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y de los 'exconsellers' que le acompañaron en la huida, Toni Comín, Clara Ponsatí y el propio Puig, a la reforma legal que derogó la sedición y modificó la malversación, solo es cuestión de tiempo que vuelva a cursar una euroorden para tratar de lograr la entrega de este último, informaron a EL PERIÓDICO DE CATALUNYA fuentes del alto tribunal.

Puig es el único de los procesados declarados en rebeldía -por no haberse puesto a disposición de la justicia española- que no es diputado del Parlamento Europeo, por lo que no le afecta la sentencia del Tribunal de General de la Unión Europea (TGUE) que se conocerá el próximo 5 de julio y que aclarará el alcance de la inmunidad de la que gozan por ese escaño. De ahí que a diferencia del resto de huidos, el juez Pablo Llarena no tenga que esperar a ese día para decidir su próximo paso a seguir en la instrucción, según el criterio que la justicia europea le marque.

La negativa de Bélgica a entregar a Puig motivó que Llarena se dirigiera al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para aclarar si era posible que un país denegara la entrega de un reclamado, porque entendía vulnerados sus derechos por estar siendo investigado por un tribunal que consideraba que no era el competente. La sentencia del tribunal europeo respaldó la petición española al declarar que rechazar una euroorden solo es posible si existen vulneraciones sistémicas de derechos en el país que cursa la euroorden, lo que no es el caso de España.

Con esa sentencia parecía que Llarena volvería a solicitar a Bélgica la entrega del 'exconseller' de Cultura de forma inmediata, pero el instructor del 'procés' en el Supremo prefirió esperar a tener una decisión definitiva sobre los delitos por los que podía ser reclamado. Para ello resultaba necesario establecer definitivamente cómo afecta la reforma del Código Penal que deroga la sedición y modifica la malversación en lo ocurrido en el otoño de 2017 en Catalunya.

La posición definitiva al respecto se ha conocido este jueves con el auto de la Sala de Apelación del alto tribunal que ha confirmado el criterio del propio Llarena. Su resolución supone que no puede considerarse que la conducta de los líderes independentistas huidos sea encardinable en el nuevo delito de desórdenes públicos agravados, que introducía la modificación legislativa, sino que debe transformarse en una desobediencia, mientras que la malversación a la que se enfrentarán en un futuro juicio, una vez que estén a disposición de la justicia española, será la más grave, la prevista con hasta 12 años de prisión y otros tantos de inhabilitación.

Delito de corrupción

Se da la circunstancia de que si una euroorden por sedición puede plantear dudas en el país requerido, la malversación de caudales públicos no tiene por qué, al ser uno de los delitos que forman parte del abanico de los de la corrupción. En el caso de Puig, la Sala de Apelación no ve motivo para que no sea procesado por su modalidad más grave por haber comprometido el pago desde su departamento de al menos parte de la cartelería necesaria en el 1-O.

Pese al favorable veredicto europeo sobre las euroórdenes, el Supremo no tiene todas consigo respecto a una hipotética entrega de Puig, porque es consciente de que Bélgica puede volver a denegarla, aunque necesariamente tenga que recurrir a argumentos distintos a los que ya fueron rechazados por el TJUE.

De hecho, fuentes jurídicas apuntan a este diario la posibilidad de que el 'exconseller' de Cultura base ahora su oposición a la euroorden en tratar de acreditar vulneraciones sistémicas de derechos en España, para lo que incluso podría esgrimir la reforma legislativa que derogó la sedición y modificó la malversación, aunque a él no le haya afectado, puesto que ya estaba procesado por desobediencia y el delito que persigue el destinar dinero público a un fin delictivo, como realizar un referéndum ilegal.

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