Vista de apelación
El Supremo revisará el 8 de junio el procesamiento de Puigdemont por malversación
Llarena se reafirma y confirma el procesamiento de Puigdemont por malversación
La sala condena a Junqueras, Romeva, Turull y Bassa por malversación

La eurodiputada de Junts Clara Ponsatí asiste al pleno del Parlamento Europeo acompañada de Carles Puigdemont y Toni Comín tras la detención y posterior puesta en libertad en el regreso a Catalunya. / OLIVIER HOSLET/EFE


Ángeles Vázquez
Ángeles VázquezPeriodista
Periodista especializada en tribunales. Vivo entre la Audiencia Nacional, el Supremo y el Constitucional. Descubrí '100 cosas que hacer en Madrid al menos una vez en la vida' y lo conté en un libro.
El Tribunal Supremo celebrará el próximo 8 de junio una vista en la que revisará la decisión del juez Pablo Llarena de modificar el procesamiento del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, tras la reforma del Código Penal, acordada entre el Gobierno y ERC, que derogó la sedición, de tal forma que ahora sea por los delitos de desobediencia y la malversación en su modalidad más grave. Los magistrados Vicente Magro, Eduardo de Porres y Susana Polo serán los encargados de resolver los recursos de apelación presentados por la defensa de los líderes del 'procés' en rebeldía y por la acusación que ejerce Vox.
Puigdemont, al igual que Toni Comín, Lluís Puig y Clara Ponsatí -aunque esta última solo tiene ya pendiente la desobediencia-, recurrieron la decisión de Llarena de mantenerles procesados. El magistrado se reafirmó en su decisión una vez que la Sala de lo Penal que juzgó el 'procés' coincidió con su criterio y, aunque sustituyó la sedición por desobediencia, conservó la condena por malversación en su modalidad más grave para el presidente de ERC, Oriol Junqueras, y los 'exconsellers' Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa.
La decisión del tribunal que juzgó el 1-O supuso que ninguno de ellos viera modificada la pena de inhabilitación que aún tenían pendiente, puesto que la pena de prisión les fue indultada por el Gobierno de Pedro Sánchez, pero la inhabilitación por cumplir no se veía alterada, lo que coincidía con el criterio que había seguido Llarena con los huidos.
En apelación
Tras revisar la sentencia dictada por la Sala Segunda, la fiscalía y la Abogacía del Estado decidieron que no tenía sentido volver a recurrir el auto de Llarena, en el que insistía en descartar sustituir la sedición por desórdenes públicos agravados, opción por la que en una primera instancia se habían inclinado las dos acusaciones públicas. Por eso solo Vox ha recurrido en apelación, pese a que en reforma se adherió al recurso del ministerio público.
La secretaria general de ERC, Marta Rovira, vio cómo la acusación que había en su contra quedaba reducida a un mero delito de desobediencia, lo que le permitiría volver a España sin riesgo alguno de ingresar en prisión, como ocurrió con Ponsatí. Antes que ella lo hicieron Meritxell Serret y Anna Gabriel, aunque ellas optaron por comparecer directamente ante el Tribunal Supremo y regularizar su situación ante la justicia española antes de ir a Barcelona. No obstante, en el caso de la líder de Esquerra aún debe aclararse si tendrá que responder de algún modo por Tsunami Democràtic, ya que su nombre aparece en el sumario..
La eurodiputada de Junts forzó su arresto ante los medios y tuvo que ser conducida ante los juzgados de Barcelona, donde le fue comunicado que se levantaba la orden de detención nacional que había en su contra y se la citaba a declarar en el Supremo. Ponsatí no compareció en la fecha prevista, lo que supondrá que el juez Llarena tenga a volver a citarla un día que no coincida con ninguna comisión en el Parlamento Europeo, conforme propusieron fiscalía y Abogacía del Estado.
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