Autos del Tribunal Supremo

"Es la única fórmula para evitar una secesión": el argumento del juez para permitir que el CNI espiara independentistas

Esperanza Casteleiro saluda a Paz Esteban

Esperanza Casteleiro saluda a Paz Esteban / JOSÉ LUIS ROCA

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"Las intervenciones telefónicas son la única fórmula de evitar una secesión en España". Este fue el argumento con el que el juez Pablo Lucas, magistrado de la Sala Tercera del Tribunal Supremo y responsable del control judicial del CNI, respaldó el espionaje de las comunicaciones de 18 personas vinculadas al independentismo catalán, entre ellos Pere Aragonès, en el contexto de la sentencia de lus juicios del 'procés'.

Según ha revelado 'El Mundo', estos autos -la mayoría de 2019- reflejan el razonamiento jurídico de la decisión, subrayando la necesidad de frenar un nuevo intento de atentar contra la unidad nacional y de "desprestigiar a España", promoviendo diferentes actividades delictivas.

Estos documentos fueron los que aportó Paz Esteban, cesada al frente del Centro Nacional de Identidad, en su comparecencia de casi cuatro horas ante los grupos parlamentarios. Una de las condiciones fijada para esta comisión de gastos reservados era, precisamente, la prohibición expresa a los diputados de que hicieran fotografías o vídeos de los autos, aunque ahora este rotativo ha accedido al contenido de los mismos, que prueba que las escuchas tuvieron respaldo judicial.

En las resoluciones subraya que la medida autorizada es únicamente la "intervención" de los teléfonos de los líderes independentistas y de su entorno directo, pero no alude a que se autorice la infectación de sus teléfonos con Pegasus (la propia Esteban admitió que obra en poder del CNI), un sistema muco más potente que permite el control total del dispositivo y su contenido.

Legislación garantista

La legislación española es tremendamente protectora del secreto de las comunicaciones. En una circular de la fiscalía (documento interno para unificar la actuación del ministerio público en toda España) se afirma que la obligatoriedad de que solo la autoridad judicial sea competente para "autorizar el sacrificio del derecho al secreto de las comunicaciones", tanto para decretarlo, como para controlar su desarrollo, prórroga y el cese de la intervención, "supone un plus garantizador que va más allá de las exigencias del Convenio Europeo de Derechos Humanos". De hecho, la justicia avaló en tres sentencias la opacidad de los métodos de actuación del CNI.

Precisamente, este viernes el Gobierno ha informado de que no desclasificará documentación de oficio. Solo levantará el secreto si se lo pide el juez. Vuelve al punto de inicio, pues, al compromiso que siempre había expresado, después de que sí sopesara hacer un gesto más expreso al soberanismo para recuperar la confianza con ERC.