En una sentencia
El TC rechaza el recurso del Gobierno de Rajoy contra la Agencia de Protección Social catalana
Considera que el organismo no es inconstitucional siempre que su cumplimiento sea respetuoso con la carta magna
El recurso de Iceta contra la negativa del Parlament a nombrarle senador se resolverá en próximos plenos
Ángeles Vázquez
Periodista
Periodista especializada en tribunales. Vivo entre la Audiencia Nacional, el Supremo y el Constitucional. Descubrí '100 cosas que hacer en Madrid al menos una vez en la vida' y lo conté en un libro.
Entre el otoño de 2017 y la primavera de 2022 en Catalunya hay un abismo. Y eso ha quedado patente en el pleno del Tribunal Constitucional que se ha celebrado esta semana, donde se ha rechazado el recurso que el Gobierno de Mariano Rajoy interpuso contra la Agencia Catalana de Protección Social, al entender que no es inconstitucional siempre y cuando se interprete de forma acorde a la Constitución.
En una sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada María Luisa Balaguer y que se conocerá en su integridad en los próximos días, se establece que los dos artículos más controvertidos, el 3.1 y el 14.3 no son inconstitucionales siempre que se interpreten de acuerdo a como establece la propia resolución. El resto del recurso interpuesto por el Ejecutivo en 2017, cuando se producía el 'procés', ha sido rechazado. El artículo 3 enumera las funciones de la agencia y la sentencia les da su visto bueno siempre y cuando no invadan competencias estatales, mientras que el 14.3 se dedica a sus recursos económicos en función de los presupuestos que le asigne la Generalitat.
La Agencia Catalana de Protección Social se enmarcaba en las llamadas leyes de desconexión con las que el independentismo quería separar Catalunya del resto de España, como embrión de una seguridad social catalana. En concreto en septiembre del 17 se aprobó como el organismo encargado de gestionar el sistema y las prestaciones de protección social en Catalunya. Se enlazaba con una Hacienda catalana y la ley de transitoriedad jurídica hacia la república catalana.
En estos años el Tribunal Constitucional ha ido declarando la inconstitucionalidad de todo el andamiaje con el que el independentismo intentó que Catalunya se separase del resto de España y sus líderes acabaron siendo condenados por el Tribunal Supremo por sedición y malversación. El tribunal de garantías tiene previsto dedicar su próximo pleno al 'procés' y resolver los recursos que aún tiene pendiente contra la sentencia antes de Semana Santa. Son los de Oriol Junqueras, Dolors Bassa y Joaquím Forn.
Próximos plenos
La sentencia relativa a la Agencia Catalana de Protección Social no se conocerá hasta la próxima semana en su integridad, porque aún no ha sido firmado por todos los magistrados; el Constitucional ha adelantado el fallo, una vez que los magistrados han llegado a una decisión definitiva en el pleno celebrado esta semana. No ha ocurrido lo mismo con los acuerdos del pleno de 15 y 16 de mayo de 2019, en los que el Parlament rechazó designar senador al actual ministro de Cultura, Miquel Iceta, entonces al frente del PSC.
Los recursos del propio PSC y de Units per Avançar por entender vulnerados sus derechos políticos de repersentación se continuarán deliberando en próximos plenos al no haber alcanzado una decisión final los 11 magistrados que actualmente componen el pleno, al seguir de baja el magistrado Alfredo Montoya.
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