10 AÑOS DEL FALLO DEL ESTATUT
La sentencia que partió el Tribunal Constitucional

Ángeles Vázquez
Ángeles VázquezPeriodista
Periodista especializada en tribunales desde 1996. Primero en Europa Press, donde fui jefa de la sección de tribunales hasta que me incorporé a 'Público'. El cierre de su edición en papel me llevó a pasar al 'otro lado' e incorporarme a prensa del Ministerio de Justicia. Acabada esa etapa colaboré con el 'Ara' hasta que me incorporé a la redacción de 'El Mundo'. Llegué a 'El Periódico' en 2016 y desde entonces vivo entre la Audiencia Nacional, el Supremo y el Constitucional. Descubrí '100 cosas que hacer en Madrid al menos una vez en la vida' y lo conté en un libro.
Ángeles Vázquez
Pese a la década transcurrida y la sensación de paso del tiempo, todavía acrecentada más por la pandemia que acabamos de vivir, el Tribunal Constitucional no ha recobrado aún la imagen de imparcialidad que tenía antes de dictar la sentencia del Estatut. Aquel veredicto provocó la rotura de la convivencia entre sus magistrados, su división en bloques, una "instrumentalización" política y la justificación del proceso independentista, según coinciden en señalar los catedráticos de Derecho Constitucional consultados por EL PERIÓDICO.
Para salvar el ambiente hostil que vivió el tribunal de garantías, tras apartar de las deliberaciones al magistrado del sector progresista Pablo Pérez Tremps, se acabó teniendo que votar por bloques los recursos presentados contra el Estatut para poder dictar una sentencia que tardó cuatro años, un "tiempo excesivo", según el catedrático de la Uned Carlos Vidal Prado.
Se cumplen 10 años del fallo que resolvió el recurso del PP, que amputó al Estatut 14 artículos y estableció cómo debían interpretarse otros 27. Tanto él como el catedrático de la Universidad de Valladolid Juan María Bilbao coinciden en que la sentencia no fue tan dura con el Estatut como se vendió por parte del independentismo porque, en su mayoría, lo salvó.
Votos públicos
En sus antecedentes, la sentencia dejó constancia del número de votos con el que se aprobaba cada apartado en el que se dividió la sentencia. En la que en diciembre resolvió el recurso del Defensor del Pueblo, se incluyeron hasta los nombres de los magistrados para evitar redactar votos particulares.
La división entre los jueces según fueran conservadores o progresistas se reflejó en ambas resoluciones de idéntica forma, salvo en el preámbulo, que en la segunda sentencia validó por unanimidad la declaración de soberanía del pueblo catalán, si se interpretaba como pueblo español, según esteblece la Constitución.
En la resolución que zanjó el recurso del PP, ese bloque había sido apoyado por los magistrado conservadores más Manuel Aragón, que insistió en dejar constancia de la indisolubilidad de la nación española, extremo que se omitió en el recurso del defensor del Pueblo ante la inutilidad de hacer un juicio de constitucionalidad cuando un preámbulo carece de validez jurídica.
Utilización
Ese punto de fricción entre quienes componían el tribunal fue una de las armas a las que se aferró el independentismo para presentar la sentencia en "una enmienda a la totalidad" al Estatut, señala Bilbao, que considera que sirvió para "poner en bandeja el relato de que el tribunal no es imparcial y carece de sensibilidad autonómica".
Vidal comparte esa visión, pero, además, recuerda que no se culpó a la sentencia del largo 'procés' que culminó con el juicio en el Tribunal Supremo a sus líderes hasta dos años después, cuando los recortes sociales fueron respondidos en Catalunya con una fuerte movilización que obligó al entonces presidente de la Generalitat, Artur Mas, a llegar a la Parlament en helicóptero.
El catedrático de la Uned explica que las interpretaciones de las que se valió el TC para salvar gran parte de lo impugnado generan cierta inseguridad jurídica, porque no se recuerda exactamente la interpretación. Pero, aun así, cree que "políticamente se simplificó el debate y se presentó como una rectificación que dio paso a un proceso de descalificación de la sentencia", que "con el paso del tiempo ha ganado en valor".
"El canto del cisne"
No es tan positivo el catedrático de la Universidad de Cádiz Miguel Revenga, que cree que "representó el canto del cisne de una etapa de desarrollo del Estado autonómico, en la que se pensó que, mediante el impulso de reformas estatutarias, era posible reconfigurar el reparto territorial del poder".
Critica su "desmesurada longitud y su barroquismo, al servicio de la defensa de la supremacía de la Constitución y en contra de cualquier veleidad reconstituyente en sede estatutaria". A su juicio, el juez constitucional "no puede sustituir el protagonismo de la esfera política en cuestiones que afectan a los fundamentos de nuestra vida en común".
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