Sentencias del TGUE

(Casi) definitivamente sin inmunidad

Pueden recurrir la sentencia en casación ante el TJUE, aunque sus oportunidades de éxito son estadísticamente escasas

Carles Puigdemont.

Carles Puigdemont.

Jordi Nieva-Fenoll

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Era bastante esperable el reciente fallo del Tribunal General de la Unión Europea sobre la inmunidad de Puigdemont, Comín y Ponsatí. El Parlamento Europeo autorizó a la Justicia española para poder juzgar a los citados diputados, lo que supuso la retirada de su inmunidad que solo conservaban cautelarmente. Ahora el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) -el inferior al TJUE- confirma la autorización del Parlamento Europeo, que se adoptó por mayoría de los diputados de la cámara.

En el fondo, la idea que subyace en la sentencia del TGUE es que un Parlamento ha de ser soberano -como lo es- para autorizar el enjuiciamiento de sus miembros. Y que si no existe ninguna irregularidad jurídica en el procedimiento parlamentario para proceder a esa autorización, no hay motivo para anularla. En concreto, se había acusado de falta de imparcialidad al diputado que presidió la comisión del Parlamento Europeo que preparó la decisión, por ser próximo al sector ideológico de Vox. Sin embargo, responde con razón el TGUE que todos los diputados tienen un sesgo político, lógicamente, pero que ese no es motivo para que no puedan participar en los procedimientos parlamentarios, sobre todo cuando, como sucede en el presente caso, la decisión final del pleno del Parlamento no dependía de las opiniones políticas de dicho diputado. Por tanto, desde este punto de vista en el que tal vez innecesariamente se insistió demasiado, no era realmente viable atacar la decisión del Parlamento. Más que por parte del diputado, lo crucial era demostrar un ánimo de persecución política por parte de la Justicia española. Y eso, pese a las impresiones que pueda tener cada uno al respecto, no era nada fácil.

Ahora, esos diputados independentistas pueden recurrir la sentencia en casación ante el TJUE. Sin embargo, sus oportunidades de éxito son estadísticamente escasas. El TJUE suele confirmar las sentencias del TGUE. El único indicio de esperanza para los diputados podría ser que el TJUE ya revocó en este mismo asunto un auto del TGUE que no concedía la medida cautelar de mantenimiento de la inmunidad, lo que es excepcional, aunque ocurrió. Queda por ver, por tanto, qué decide el TJUE en la casación. Sin embargo, cuando llegue su decisión de aquí a unos meses, los diputados, o ya no lo serán por haberse convocado elecciones, o estará a punto de expirar su mandato por exactamente esa misma razón. Por tanto, se decida lo que se decida en este caso, la batalla sobre esta derivada del asunto puede acabar en vía muerta. Si vuelven a presentarse a las elecciones y son reelegidos, nada asegura que esta vez el Parlamento Europeo acepte su condición de diputados, a diferencia de lo que ocurrió la ocasión pasada. De hecho, ya se ha pronunciado adversamente en este sentido durante esta legislatura.

Por tanto, la situación ahora es que si el TJUE no decide cautelarmente, de nuevo, mantener la inmunidad, lo que cada vez es menos probable, Puigdemont y Comín deberán quedarse en territorio belga si no quieren arriesgar su detención y entrega a la justicia española. Solamente podrán acudir a la sede del Parlamento Europeo en Estrasburgo (Francia) para cumplir con sus funciones. 

Y desde territorio belga, seguirán su batalla legal para no ser entregados a la justicia española. En este terreno, los reos cuentan con bastantes más oportunidades. La justicia belga no ve claro ni el respeto de derechos fundamentales por parte de la justicia española, ni tampoco que el Tribunal Supremo sea competente en este caso. Y el TJUE, aunque restringió muchísimo el margen de decisión de los jueces belgas, no impidió en absoluto que, con la debida argumentación -que no es sencilla-, sigan manteniendo la misma opinión y, por tanto, rechazando las solicitudes de entrega. Cada vez tiene menos margen la justicia belga dado que, por fin, el principal pecado original de estas euroórdenes -la desproporcionada imputación por rebelión/sedición- ha dejado de existir. Ya solo se les reclama por malversación. El único delito por el que entregaban a Puigdemont aquellos jueces alemanes, que desde luego no eran “de pueblo”… En los pueblos suele existir, por cierto, bastante más realismo que en otros lugares.

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