Malversación sin ánimo de lucro
Editorial

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Tropezar con la fiscalía

El ministerio público secunda la doctrina del Supremoy pone en un compromiso al Gobierno y a ERC

Fiscalía

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«¿La Fiscalía, de quién depende?» La pregunta retórica que se hizo Pedro Sánchez en vísperas de las últimas elecciones generales del 10-N de 2019 ha tenido ahora una respuesta práctica: depende de la Fiscalía y no del Gobierno como dejó entrever entonces el presidente en funciones –«pues ya está»– en respuesta a la afirmación del periodista –«sí, depende del Gobierno»– que le entrevistaba. En efecto, la Fiscalía Superior de Catalunya se ha sumado a la doctrina del Tribunal Supremo y ha reclamado las condenas más altas para Josep Maria Jové y Lluís Salvadó, de ERC, como personas de confianza de Oriol Junqueras en los preparativos del referéndum unilateral del 1-O. El ministerio público les atribuye los delitos de desobediencia, prevaricación y malversación agravada. La Fiscalía del TSJC secunda así las tesis del reciente auto del Tribunal Supremo que revisaba las condenas por los hechos del ‘procés’ y que interpretaba de forma restrictiva la reforma legislativa impulsada por el PSOE y ERC para evitar que una veintena de altos cargos aún pendientes de juicio acabaran en prisión.

La fiscalía aplica a José y Salvadó el argumento que ya utilizó en primera instancia el juez Pablo Llarena y que ratificó después Manuel Marchena en el auto del Supremo: no es procedente aplicar el delito de malversación sin ánimo de lucro, como pretendía la reforma, para los casos en que no se buscaba el beneficio personal, sino que se sigue aplicando el tipo de la malversación agravada al considerar que estos fondos se destinaron a una actividad delictiva (un referéndum prohibido judicialmente). Así las cosas, el escrito de acusación de la fiscalía elude uno de los pilares de la reforma exprés del Código Penal al hacer una interpretación que no solo choca con la voluntad del legislador sino con las tesis de la Abogacía del Estado, que sostenía que el uso de fondos para el 1-O se hizo sin ánimo de lucro. El resultado práctico de este nuevo pronunciamiento judicial es que asienta la doctrina del Supremo mientras no se pronuncie en sentido contrario el Tribunal Constitucional si es requerido a hacerlo. Entre tanto, Jové y Salvadó están llamados a encabezar la lista de dirigentes del ‘procés’ que pueden acabar en la cárcel.

Las partes políticas implicadas hacen lecturas dispares. Desde el Gobierno central se argumenta que la reforma, en contra de lo que sostuvo la oposición durante su tramitación, no pretendía exonerar a los impulsores del ‘procés’. Efectivamente, no pretendía hacerlo. Pero sí aliviar las penas impuestas y por imponer y facilitar su integración en la vida pública. Desde este punto de vista, o el Gobierno está simplemente intentado no reconocer que su operación desinflamadora corre un peligro cierto de fracasar entre los engranajes judiciales, o está dejando en evidencia a la otra parte con la que negoció la reforma. Desde el Govern se prefiere optar por lo primero (exactamente lo contrario de lo que hace Junts), poner el acento en la voluntad de la justicia de torpedear una solución política. De momento, las contradicciones siguen sin colisionar. Pero si los criterios del Supremo y la fiscalía acaban consolidándose, tarde o temprano la única salida (la única que permitiría seguir transitando por sendas constructivas)acabaría siendo de nuevo la concesión de indultos, una prerrogativa del Gobierno que, recordamos otra vez más, debería ir acompañada de contapartidas como la explícita renuncia a la vía unilateral.