Pensando en Iberia... hay maneras de rescatar

La Comisión Europea acaba de aprobar medidas para estimular que el capital privado colabore con el Estado en el rescate

Aviones de Vueling y de Iberia, en el Aeropuerto Madrid-Barajas.

Aviones de Vueling y de Iberia, en el Aeropuerto Madrid-Barajas. / periodico

Rosa María Sánchez

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Hay maneras y maneras de rescatar una empresa privada de la quiebra por parte del sector público. En España y en la UE, la experiencia reciente, hasta el estallido de la pandemia ha sido muy escasa. Con la única y sobresaliente excepción del rescate bancario, claro: 56.546 millones de ayudas públicas en España, de las apenas se han recuperado uno de cada 10 euros.

Ahora, el Gobierno acaba de aprobar un fondo de 10.000 millones para el rescate de empresas estratégicas en severas dificultades de carácter temporal.

Habrá que leer la letra del BOE. También, la de los posteriores acuerdos de Consejo de Ministros que lo irán aquilatando. Pero de momento, existe como referencia, el camino marcado por la Comisión Europea desde que el 19 de marzo abrió la mano a las ayudas públicas y sus posteriores modificaciones: el 8 de mayo se abrió la puerta a la nacionalización (con condiciones) de empresas en crisis; el 29 de junio se introdujeron incentivos para la colaboración del capital privado en el rescate público.

Para entenderlo todo mejor, tal vez se podría hacer el ejercicio mental de pensar en Iberia, firme candidata a pedir esta vía de rescate público.

En su esquema del 8 de mayo, la CE estableció que en caso de entrar en el capital de una empresa privada, el Estado debería hacerlo bajo la condición de recibir una remuneración suficiente y por un máximo de seis años (siete, en empresa no cotizadas). Además, hasta que no salga del capital de las empresas está prohibido el reparto de dividendos y hasta que no se devuelva al menos el 75% del capital público se aplicarán límites en la remuneración de los directivos.

En su modificación del 29 de junio, la CE relajó estas exigencias para los casos en que inversores privados colaboren a la ampliación de capital del rescate. Así, si estos aportan al menos el 30% del nuevo capital, la limitación de la remuneración de los directivos se reduce a tres años. Además se levanta la prohibición de repartir dividendos siempre que la participación de los titulares de acciones previas al rescate quede reducida a menos del 10%. Pensemos en Iberia, por ejemplo.

Es seguro que las condiciones del nuevo fondo de rescate español deberán encajar en el llamado Marco Temporal que la CE ha diseñado, de momento, hasta final de año. También podría haber otras. En su rescate de Air France Francia ha establecido que la aerolínea deberá reducir su huella ecológica eliminando vuelos domésticos que puedan realizarse en tren en dos horas y media. A Renault le impuso mantener su actividad en Francia y desarrollar en el país el coche eléctrico. Y es que hay maneras.

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