El camino de las urnas
El PPC jalea un varapalo judicial al uso institucional del catalán
Al PP catalán solo le faltaba explotar la cuestión lingüística para tener situados en el centro del albero electoral todos sus caballos de batalla. Con el control de la inmigración y el miedo al independentismo bien aderezados ya, los populares lograron ayer adjudicarse un tanto que les permitirá repetir por activa y por pasiva que las Administraciones catalanas persiguen el castellano. A instancias del PPC, el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha suspendido cautelarmente varios preceptos del reglamento de uso de la lengua catalana en el Ayuntamiento de Barcelona por establecer el uso «preferente» del catalán en la rotulación institucional y en algunos trámites del consistorio. El juez basa su actuación en la reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC) sobre el Estatut y concluye que el reglamento contiene mandatos «cuyo significado excluyente del castellano es manifiesto».
Fue el portavoz municipal del PPC en el ayuntamiento, Alberto Fernández Díaz, quien impugnó un total de 22 artículos del reglamento, aprobado el pasado febrero. Ahora, la sala de lo contencioso-administrativo del TSJC acepta suspender la aplicación de algunas de estas disposiciones. En concreto, anula provisionalmente la obligación de realizar solo en catalán las actuaciones internas del consistorio y las actas de plenos y comisiones. También censura que la utilización exclusiva de la lengua catalana en la redacción de impresos oficiales, en los rótulos indicativos de oficinas y despachos del ayuntamiento, y hasta en elementos como los sellos de goma y los matasellos.
Sobre la expedición de documentos, la comunicación oral de los funcionarios y los rótulos públicos, el reglamento hace siempre la misma distinción: el catalán debe utilizarse de manera preferente salvo que los solicitantes pidan expresamente el castellano. Finalmente, el juez deja en el aire el artículo que obliga a registrar en catalán los asientos en los libros de contabilidad municipales.
El magistrado echa mano de la jurisprudencia y recuerda que, desde el 2001, la justicia ha anulado reglamentos análogos, como los de las universidades Pompeu Fabra y Rovira i Virgili y los ayuntamientos de Sabadell y Sant Pol de Mar.
La exposición de motivos culmina con la reproducción de un significativo pasaje de la sentencia del Constitucional sobre el Estatut: «La definición del catalán como lengua propia de Catalunya no puede justificar la imposición estatutaria del uso preferente de aquella lengua, en detrimento del castellano».
TAMBIÉN EN LLEIDA / El TSJC emitió ayer otro dictamen similar contra la Diputación de Lleida. 19 artículos del reglamento que regula la comunicación de la institución, y que prioriza el uso del catalán y el aranés. En este caso, el recurrente no fue el PPC, sino la plataforma antinacionalista Convivencia Cívica Catalana.
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