Resaca electoral

Qué es el voto CERA y cómo influirá en los resultados de las elecciones de Catalunya 2024

No siempre es fácil comprender los procedimientos necesarios para emitir el sufragio, puesto que requieren de unos trámites administrativos en ocasiones complejos y que pueden demorarse en el tiempo

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Papeletas dispuestas en un colegio electoral de L'Hospitalet de Llobregat (Barcelona), este domingo.

Papeletas dispuestas en un colegio electoral de L'Hospitalet de Llobregat (Barcelona), este domingo. / Jordi Cotrina

Lola Gutiérrez

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Se calcula que casi 400.000 catalanes viven o se encuentran temporalmente, por circunstancias, en el extranjero, según datos del Idescat (Institut d'Estadística de Catalunya). Como todos los ciudadanos españoles mayores de edad, tienen derecho al voto, por lo que han podido votar. Pero no siempre es fácil comprender los procedimientos necesarios para emitir el sufragio, puesto que requieren de unos trámites administrativos en ocasiones complejos y que pueden demorarse en el tiempo.

Las dos principales cuestiones son separar los listados en los que están ubicados los catalanes -CERA, Censo de Extranjeros Residentes Ausentes o ERTA, Españoles Residentes Temporalmente Ausentes- y conocer si han votado desde el extranjero o en España. Eso sí, en todos los supuestos, el ciudadano catalán debe estar inscrito en el censo electoral, paso que se tiene que realizar en los consulados españoles.

Residencia permanente en el extranjero

El CERA incluye a todos los españoles que residen en el extranjero de forma permanente, lo que se calcula que son unos tres millones, como los miles de personas que han salido fuera del país en busca de un empleo durante la crisis económica. Por su parte, el ERTA es el listado en el que están los españoles que "se encuentren temporalmente en el extranjero entre la convocatoria de un proceso y su celebración", como recoge el Ministerio del Interior.

Por otra parte, es siempre importante conocer si se va a estar en el extranjero o en España durante la fecha de las elecciones. 

El proceso de voto que se ha seguido para estas elecciones en Catalunya de este domingo ha sido el siguiente:

Votar desde el extranjero:

1.- Vive fuera y está inscrito en el CERA

El catalán que se encuentre en esta situación, ha hecho uso del 'voto rogado', una normativa que entró en vigor en 2011. Mediante esta normativa, ha tenido que acreditar ante un consulado español la demanda de voto. Tras ello, ha votado por correo o en las urnas de los consulados.

2.- Vive fuera y está en el ERTA

También ha sido necesario demandar el 'voto rogado' en los consulados, aunque la inscripción en el censo electoral no ha sido necesaria, al estar ya en el listado del ERTA.

3.- Está fuera, pero no inscrito en el consulado

En este caso, el catalán se ha tenido que apuntar al ERTA y solicitar el 'voto rogado'. Ambos trámites (solicitud e inscripción) se pueden realizar en el mismo acto. En este caso, como en todos los anteriores, es necesario presentar y acreditar con fotocopias toda la documentación, como DNI, pasaporte, certificación de nacionalidad y certificación de inscripción en el Registro de Matrícula Consular.

Votar en España:

1.- Vive fuera, pero no está inscrito en el consulado.

Los catalanes en esta situación no han tenido problemas para votar, puesto que lo han hecho como el resto de ciudadanos, puesto que siguen inscritos en el censo electoral ordinario.

2.- Está fuera e inscrito en el ERTA.

Si no pidieron el 'voto rogado', han podido votar de manera normal en las urnas en la jornada electoral, puesto que siguen inscritos de facto en el censo electoral ordinario.

3.- Vive fuera y está en el CERA.

Estos electores no han podido votar en las urnas, pero sí han podido solicitar el voto por correo, con la previa demanda del 'voto rogado' al consulado o embajada.

Ambos votos se recuentan en el escrutinio una vez haya terminado el del voto presencial y el voto por correo.

Hasta el viernes

En concreto, los votos CERA se contabilizan cinco días después de las elecciones, es decir, este viernes 17 de mayo. Ese quinto día es cuando se desarrolla el denominado escrutinio definitivo.

En ese día, y según indica la Generalitat de Catalunya, las cuatro Juntas Electorales Provinciales se constituirán como mesa electoral.

El presidente de la Junta electoral introducirá en la urna los sobres de los votos CERA que se han recibido y el secretario anotará el nombre de los votantes en la lista electoral. La Junta electoral hará el escrutinio de estos votos e incorporará los resultados al escrutinio general.

Baile de escaños

Las papeletas de los votos CERA tienen el mismo valor que el resto, también se distribuyen por circunscripciones provinciales e, incluso, a veces, han resultado decisivos para que un partido consiga o pierda un escaño.

En estas elecciones, el voto CERA no será decisivo ni influirá en el resultado, puesto que un escaño arriba o abajo no cambia en exceso la composición parlamentaria ni provoca un 'sorpasso' de ninguna fuerza política.

Pero ha habido ocasiones en las que sí ha resultado decisivo: por ejemplo en las pasadas elecciones generales del 23J, el voto exterior hizo ganar al PP un escaño, que perdió el PSOE.

En las catalanas del 2017, también el voto en el extranjero hizo ganar al PP un escaño en la provincia de Tarragona en detrimento de Ciudadanos (Cs).