Los comicios catalanes

Cómo votar en las elecciones de Catalunya 2024: guía paso a paso para este 12 de mayo

Así están las encuestas de las elecciones en Catalunya 2024

Voto por correo: ¿cómo solicitarlo para las elecciones en Catalunya del 12 de mayo?

Cómo votar en las elecciones de Catalunya 2024: guía paso a paso para este 12 de mayo

Cómo votar en las elecciones de Catalunya 2024: guía paso a paso para este 12 de mayo / VÍDEO: PI STUDIO

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Catalunya ya ha abierto la carrera electoral tras la convocatoria de elecciones para el próximo 12 de mayo por parte del presidente de la Generalitat, Pere Aragonès. Los catalanes que acudan a las urnas podrán elegir los 135 diputados que conforman el pleno del Parlament: 85 por la circunscripción de Barcelona, 18 por Tarragona, 17 por Girona y 15 por Lleida.

En esta cita con las urnas podrán votar 5.754.840 electores. De ellos, 5.460.332 residen en Catalunya y 294.508 en el extranjero. De los electores residentes en Catalunya, 243.003 podrán participar por primera vez en unas elecciones al Parlament, por haber cumplido 18 años desde la anterior votación celebrada el 14 de febrero de 2021. Los electores residentes en el extranjero podrán votar sin necesidad de solicitud previa.

Las condiciones

Los requisitos para poder introducir el voto en la urna el próximo 12-M son tener la nacionalidad española, ser mayor de edad y estar inscrito en el censo electoral. La única excepción son los ciudadanos condenados -por sentencia judicial firme- al perder su derecho de sufragio.

El censo electoral es, simplemente, una base de datos con la información de las personas que cumplen todos los requisitos para poder votar. Lo elabora un órgano del INE que presenta el listado. En la sede electrónica del INE es posible consultar los datos de inscripción identificándose previamente con el sistema Cl@ve. Si el elector reside en España se muestra, además, la mesa y la dirección del colegio electoral al que pertenece.

Pueden participar en estas elecciones autonómicas las personas de nacionalidad española que consten de alta como residentes en la demarcación consular o que figuren inscritas a efectos electorales en el censo de españoles residentes ausentes (CERA) de estas elecciones, esto es, inscritas en algún municipio de Catalunya (voto CERA). 

El voto por correo

Correos ha abierto ya la posibilidad de solicitar el voto por correo para estas elecciones. Los electores pueden solicitar el certificado de su inscripción en el Censo Electoral catalán hasta el 2 de mayo, documento que es imprescindible para poder emitir el voto por correo. Este documento se puede pedir en la página web de Correos y en cualquier oficina de la empresa de forma presencial.

Correos entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, que enviarán la documentación necesaria para votar por correo a partir del 22 de abril. El plazo para votar por correo se cerrará el 8 de mayo y la empresa ha recordado que la documentación se enviará a la dirección que indiquen, que no tiene por qué coincidir con su domicilio habitual.

Sorteo de mesas electorales

Del 13 al 17 de abril se realizará el sorteo de las mesas electorales. Los 15 días de campaña electoral comenzarán a las 0:00 horas del 26 de abril y terminarán a las 24:00 horas del 10 de mayo. El Govern que preside Aragonès no entrará en funciones hasta el 13 de mayo, el día después de las elecciones, si bien en periodo electoral debe ajustarse por ley a algunas restricciones para no incurrir en propaganda electoral ilícita.

El censo electoral vigente para estas elecciones es el cerrado a 1 de enero de 2024. A este censo se incorporarán las reclamaciones que hayan sido estimadas. Las tarjetas censales en la que se informará de la mesa y el local electoral donde vota el elector se enviarán a partir del 15 de abril.

El proceso de voto

Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral remitirán la documentación electoral a la dirección de la inscripción de cada elector del 6 al 12 de abril de 2024, plazo al que habrá de sumarse el tiempo que tarde en llegar la documentación al domicilio. En ese primer envío, los electores recibirán el sobre en el que figure la dirección de la Junta Electoral competente, el sobre donde aparezca la dirección de la Oficina Consular en la que estén inscritos, así como el sobre de votación; los certificados de inscripción en el censo; y una hoja informativa con toda la información relevante para votar. 

Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral realizarán un segundo envío postal con las papeletas entre el 17 y 21 de abril de 2024, salvo en el caso de que se produjesen impugnaciones a las candidaturas, en cuyo caso el envío podría demorarse hasta el 27 de abril de 2024. 

Los electores también podrán descargarse las papeletas desde el momento en que se produzca la proclamación de las candidaturas y hasta el 9 de mayo de 2024, a través del enlace que se habilitará a este efecto y se comunicará puntualmente. Si se utiliza esta vía, se recomienda leer detenidamente la información contenida en la página web que se habilite. Los electores, que deberán seguir las instrucciones contenidas en la hoja informativa remitida por la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral.

El horario de votación

Las elecciones arrancarán a las 9:00 horas del domingo 12 de mayo de 2024. Los locales electorales estarán abiertos antes para que las distintas personas que formarán parte del proceso (como miembros de una mesa electoral, que tendrán que acreditar a los interventores y a los apoderados, revisar el material...) puedan ejercer sus tareas en buenas condiciones y con tiempo suficiente. Desde las 9:00 hasta las 20:00 horas las urnas estarán abiertas. A partir de las 20:00, solo podrán votar las personas que estuvieran ya en el local electoral esperando para ejercer el sufragio, o los que estén esperando para acceder al mismo. Nadie más podrá hacerlo.

Desde el extranjero

Las personas que se encuentren temporalmente en el extranjero, para poder votar desde el exterior, deberán constar inscritas en la Oficina Consular como no residentes y solicitar la documentación electoral. En el caso de residentes en el extranjero, la Oficina del Censo Electoral (OCE) enviará a todos los electores la documentación necesaria para el voto en dos envíos independientes, documentación que podrá también obtenerse directamente en los centros de votación que establezca el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación del 4 al 9 de mayo –que son los días habilitados para el depósito del voto en urna–.