Amenazas de despidos por votar

Cárcel para un empresario de El Prat que boicoteó unas elecciones sindicales

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Ciutat de la Justícia

Ciutat de la Justícia / Ferran Nadeu

Gabriel Ubieto

Gabriel Ubieto

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Un empresario de El Prat de Llobregat ha sido condenado a tres meses de cárcel por boicotear unas elecciones sindicales entre su plantilla. El patrono, de origen portugués y propietario de una compañía especializada en el servicio de remolque, limpieza y mantenimiento de aeronaves, amenazó a sus empleados con despedir a un cuarto de la plantilla si votaban a los candidatos de CCOO en las elecciones sindicales, según una sentencia a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO. 

La central llevó el caso a los tribunales y el juzgado de lo penal número 28 de Barcelona ha condenado al empresario por vulnerar la libertad sindical de los trabajadores, un derecho recogido en la Constitución como fundamental, así como al tipo penal de amenazas condicionadas. Durante el juicio el condenado se desdijo y contradijo durante su versión y fingió prácticamente no entender el castellano. Sobre la sentencia cabe recurso por parte del condenado en primera instancia.

Los hechos se remontan al 2019, cuando en la sociedad Groundl España S.L. se celebra comicios sindicales para renovar el comité de empresa en el centro de El Prat de Llobregat. Entonces el propietario y administrador único de la firma convoca dos asambleas de trabajadores en las que amenaza con despedir a un cuarto de la plantilla si acaban votando a los candidatos de CCOO. Lo que no vio el propietario fue que uno de los empleados le grabó durante su discurso.

Supuesto malentendido

Posteriormente a las amenazas y una vez el empresario se enteró que lo habían grabado, difundió una circular en la que manifestaba su respeto a los derechos de voto sindical. "Infelizmente no se comprendió correctamente el objetivo de la reunión mantenida”, rezaba el comunicado. Una versión que, dados los audios grabados del empresario amenazando a los trabajadores, el magistrado rechazó de pleno. "La enemistad y animadversión resultó más que obvia", critica el magistrado en su sentencia. 

El juez también critica las excusas que dio el empresario, alegando que por su origen portugués no se había expresado bien y todo había sido un malentendido. Ya que durante el juicio, el finalmente condenado llegó a corregir al intérprete en algunas de sus traducciones por no ser estas suficientemente ajustadas a lo que quería decir. "En las grabaciones del audio disponibles, además, no se observa dificultad alguna al expresarse", recoge el fallo judicial.

"No existen, en fin, dudas de convicción sobre que, efectivamente, lo dijo, ni tampoco de que la intención de hacerlo era meridianamente clara, conseguir un propósito de resultado electoral distinto del que funcionaba hasta entonces", concluye el juez.

La intención es lo que importa

La sentencia desarrolla el concepto de coacción y descarta los argumentos del acusado, que se escudó en que posteriormente no llegó a materializar su amenaza de despedidos. “Nunca podrá compartirse la idea de que una carta [...] suprima un delito ya consumado”, le espeta el magistrado al empresario. “Lo que ha de analizarse es la conducta dolosa de amedrentar a fin de obtener un determinado fin, independientemente de que el mismo se obtenga o no”, añade.

"Desde CCOO de Catalunya no toleraremos ningún tipo de conducta antisindical, y seguiremos tomando medidas contra estas prácticas empresariales y en defensa de los derechos sociales y laborales de la clase trabajadora", ha valorado la central en un comunicado este jueves.

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