Cese improcedente
El TSJC tumba el despido de un empleado por buscar trabajo estando de baja médica
El tribunal considera improcedente la decisión de la empresa y aumenta la indemnización para el afectado

Archivo - Fachada del Palacio de Justicia de Catalunya, sede del TSJC y de la Audiencia de Barcelona. / DAVID ZORRAKINO - EUROPA PRESS - Archivo


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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha determinado que una empresa no puede despedir a un trabajador por buscar otro empleo mientras está de baja médica. Así lo ha dictaminado en una sentencia divulgada este miércoles por el bufete de abogados Sammos Legal, encargado de la defensa del cesado. El tribunal considera que negociar con otra compañía mientras rige una baja por incapacidad temporal no vulnera la buena fe contractual y que la primera compañía se extralimitó aplicando un despido disciplinario al afectado. Es por ello que corrige el fallo del juzgado de primera instancia, da la razón al trabajador cesado y obliga a la empresa a indemnizarle en consecuencia.
Los hechos juzgados se remontan al inicio de la pandemia, cuando el director de un hotel que estaba en proceso de liquidación empezó a intercambiar correos electrónicos con otra compañía, que sondeaba su incorporación. Dicho director se encontraba en aquel momento en baja por incapacidad temporal derivada de un covid persistente, fruto del cual tuvo que ser ingresado durante "meses", según afirman sus abogados.
Mientras él está de baja el traspaso del hotel de una propiedad a otra se materializa. Y, cuatro meses después de la operación, la nueva propiedad le remite un buromail comunicándole "su despido disciplinario por haber mantenido conversaciones por correo electrónico relativas a un proyecto empresarial de terceros". Para la empresa, ese comportamiento suponía un quebrantamiento de la buena fe contractual y abuso de confianza al considerarlo equiparable a estar prestando servicios para otra empresa mientras estaba de baja médica.
Si bien el juzgado de primera instancia aceptó este argumento como válido, los magistrados del TSJC no opinan del mismo modo. "La inclusión en copia de correos electrónicos no supone trabajar en tareas propias de la profesión de director comercial, y el hecho de que estuviera en situación de baja no supone una transgresión de la buena fe contractual", dictamina la sentencia, citada por Sammos Legal.
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