tráfico mercantil

La plataforma contra la morosidad denuncia tretas de las grandes compañías

La organización asegura que empresas grandes diseñan mecanismos que pemiten simular el cumplimiento de la ley

Antoni Cañete, presidente de la Plataforma de Morosidad Pública

Antoni Cañete, presidente de la Plataforma de Morosidad Pública / JLR

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El presidente de la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM), Antoni Cañete, ha advertido de que algunas compañías grandes, "principales infractores" de las leyes contra la morosidad, están diseñando nuevos mecanismos para pagar a los proveedores fuera del plazo legal, pero simulan que cumplen las normas.

El caso más claro, según la PMcM, es la nueva modalidad de "confirming con anticipo obligatorio". Mediante esta modalidad, el proveedor es obligado contractualmente al anticipo de un pago confirmado en la fecha y al coste que al contratista principal le convenga. La novedad, denuncia la plataforma, no es tanto que obliguen a aceptar un 'confirming' (que ya se venía haciendo), sino el hecho de que obligan a anticiparlo en una fecha determinada con lo que ello supone.

Por ejemplo, si el proveedor realiza un trabajo el 2 de marzo y la fecha máxima legal de cobro es a los 60 días (1 de mayo), el cliente le obliga a firmar un 'confirming' por el que se registra que va a cobrar unos días antes de que finalice ese plazo legal (28 de abril), pero teniendo el proveedor que asumir el importe del tipo de interés y de la comisión que se le cargan por firmar un 'confirming' con fecha de vencimiento varios meses después (24 de septiembre).

En este caso simulado, indica la PMcM, por ese anticipo de tres días, al proveedor se le cobrará 22,74 euros de intereses y 500 euros por comisión, con el 87,56% TAE. Cañete indica que en la nueva modalidad de 'confirming', el cliente, a través de una entidad financiera o por su propia cuenta, deposita el importe de factura en la cuenta del proveedor antes del cumplimiento del plazo legal de pago (60 días) una vez descontados gastos financieros y comisiones correspondientes al anticipo de un confirming de plazo indeterminado. En los numerosos ejemplos a los que ha tenido acceso la PMcM, el plazo de dichos confirmings supera ampliamente los 200 días.

"A través de este artificio, el cliente consigue simular el pago dentro del plazo legal, contabilizar la deuda en su balance como 'cuentas a pagar a proveedores', manteniendo intacta su capacidad de endeudamiento financiero, y obtener una gran rentabilidad financiera, que normalmente comparte con el banco. Sin embargo, elefecto para el proveedor es pernicioso, ocasionándole un gravoso coste financiero", añade Cañete.

Ante estas prácticas, la PMcM espera y confía en que el nuevo Ejecutivo y todos los grupos parlamentarios apoyen, con la mayor celeridad posible, la aprobación de la propuesta de ley de refuerzo de lucha contra la morosidad, ahora en trámite parlamentario. "Su promulgación acortará los plazos de pago en España, una de lasmayores preocupaciones de pymes y autónomos", señaló Cañete.

Régimen sancionador

En este sentido, la PMcM quiere recordar que los numerosos avances realizados en materia de plazos de pago con la aprobación de la nueva ley de contratos del sector público "perderían gran parte de su utilidad si no se aprueba un régimen sancionador que castigue sus incumplimientos, que está contemplado precisamente en la propuesta de ley de refuerzo de lucha contra la morosidad.

Asimismo, recuerda al nuevo Gobierno que en el próximo informe de plazos medios de pago (PMP) de las Administraciones Públicas, que debe publicar el Ministerio de Hacienda el próximo 29 de junio con datos referidos a abril, tendrá que verse reflejada la instauración del cambio de metodología a la que se comprometió el anterior Ejecutivo, ya que así lo exigió el Tribunal de la UE tras las denuncias de la plataforma.

Actualmente, la cifra que elaboraba el Ministerio de Hacienda con su metodología se refería al número de días que excedían del plazo máximo legal permitido fijado en 30 días, mientras que desde ahora el plazo medio de pago se computará a partir del primer día en el que se aprueba/valida la factura. De este modo se dejará de publicarcifras con un retraso de 30 días sobre la fecha de factura.