RESOLUCIÓN DE CARÁCTER VINCULANTE
Los autónomos que trabajen en casa podrán desgravarse parte de la factura del gas o del teléfono
El Tribunal Económico-Administrativo Central da la razón a los trabajadores por cuenta propia frente al criterio aplicado hasta ahora
Los autónomos que trabajen en su casa podrán desgravarse en la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) la parte de los gastos de suministros como el gas, la energía eléctrica, el teléfono o el agua que demuestren vinculados a la actividad económica que desarrollan.
Se trata de una resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) del pasado septiembre, de carácter vinculante, y que da la razón a los autónomos frente al criterio tributario aplicado hasta ahora.
El tribunal recalca que en el caso de los suministros no procede su deducción atendiendo solo a la proporción de metros cuadrados de la vivienda que se usan para desempeñar la labor, como ya ocurre con gastos como las amortizaciones, el IBI, la comunidad de propietarios, etcétera.
Como en este tipo de gastos es más complicado determinar en qué porcentaje tienen que ver con el trabajo del autónomo, el tribunal sugiere un criterio combinado de metros cuadrados con los días laborables de la actividad y las horas en que se ejerce dicha actividad. En todo caso, la correlación entre estos gastos y la actividad económica desempeñada debe ser demostrada por el contribuyente.
ANTECEDENTE DEL 2010
Esta resolución tiene como antecedente el caso de un concertista de piano residente en la Comunidad Valenciana que en la autoliquidación del IRPF del 2010 se dedujo gastos por consumo en su vivienda particular de teléfono, energía eléctrica y gasóleo, ya que en ella desempeñaba parte de su trabajo.
Como la administración tributaria rechazó esta deducción, el interesado interpuso un recurso de reposición, también desestimado, y el caso se elevó al Tribunal Económico-Administrativo Regional de la Comunidad Valenciana, que sí le dio la razón.
Frente a esta resolución, que consideró "errónea y dañosa para el interés general", la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) formuló un recurso para la unificación de criterio en el TEAC, que es el que ahora se ha resuelto de manera positiva para el autónomo.
Al respecto, el Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos ha valorado la resolución ya que "termina al fin con los conflictos y la incertidumbre en torno a este asunto y se avanza por el camino de proporcionar la debida seguridad jurídica a los contribuyentes en cuanto a los gastos que realmente se pueden deducir en estos casos".
- MAPA| Así se ha repartido la lluvia que cae desde el viernes en Catalunya
- Mezcla aceite de coco y vinagre, te sorprenderá el resultado | Vídeo
- Los dueños de apartamentos turísticos pedirán indemnizaciones si les quitan la licencia y se desvinculan de la crisis de vivienda
- El temporal deja en Catalunya el día más lluvioso en seis meses y provoca una súbita crecida de los ríos
- Yolanda Díaz insta a la patronal a pactar la reducción de la jornada "antes de verano" o legislará sin ella
- Tiempo de Catalunya, hoy, martes 30 de abril: esto no se ha acabado
- El reembolso de Hacienda que miles de jubilados van a recibir si han cotizado estas fechas: así se solicita
- Salen pocos y están muy buscados": Barcelona acoge el único centro de España que enseña FP de relojería