Opinión | Editorial

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A la calle después de la sentencia

La opinión del diario se expresa solo en los editoriales. Los artículos exponen posturas personales.

La manifestación de hoy contra el recorte del Estatut se desarrollará solo un día después de conocerse la sentencia del Tribunal Constitucional. Puede que se trate de una cuasalidad o que sea fruto del cálculo de los magistrados, que han preferido sumar el disgusto de los manifestantes al conocimiento in extenso de la sentencia a esperar más para dar divulgarla y provocar, con toda seguridad, una nueva tanda de críticas, protestas y declaraciones políticas.

En realidad, las razones de la coincidencia tienen una importancia relativa ante el hecho cierto de que, mediante un acuerdo salomónico no exento de confusas interpretaciones, la manifestación será unitaria, agavillará diferentes orientaciones políticas y podrá transmitir el enfado colectivo. En todo caso, será lo suficientemente transversal como para que ningún manifestante se sienta del todo descolgado del pacto político cosido por las instituciones catalanas, los partidos políticos, Òmnium Cultural y las asociaciones de toda clase que se han adherido a la marcha.

Voz discordante de CiU

Precisamente porque se da esa condición de transversalidad, resulta tan sorprendente la pirueta de última hora de CiU, que dice reservar su opinión sobre la convocatoria unitaria y el sentido de la manifestación para cuando esta haya concluido. Se antojan demasiado importantes las razones de la marcha, las dificultades para sumar voluntades –no habrá manifiesto final– y la importancia de la federación en el tablero político catalán como para que, cerrado el acuerdo unitario, mantenga reservas mentales.

Ante el hecho consumado de la sentencia –14 artículos han sido declarados inconstitucionales y otros 27 han sido sometidos a interpretación–, lo que deben hacer las fuerzas políticas catalanas es ponerse de acuerdo para presentar una propuesta unitaria que supere los obstáculos e intente poner en marcha con reformas legales lo que el tribunal ha enmendado.

La situación previa

No se trata solo de que los aspectos identitarios más llamativos salen retocados del Tribunal Constitucional –utilización y difusión de la lengua–, o de que algunos de los más innovadores –administración de justicia, bilateralidad, ordinalidad– desaparecen o se degradan, sino que puede afirmarse que la declaración de inconstitucionalidad del artículo 111 deja la potestad competencial de la Generalitat tal cual se encontraba antes de la aprobación del Estatut del 2006. Al rechazar los magistrados que se pongan límites a las leyes de bases que atañen a competencias compartidas, y proyectar este principio sobre todo el ámbito competencial, se corre el riesgo de que el reloj estatutario regrese a la casilla del Estatut de 1979 y afecte directamente a aquello que es consustancial al régimen autonómico: la capacidad de regular mediante leyes y reglamentos.

Y, con ser esto grave, acaso no sea lo peor, sino que la sentencia enmienda la plana a la jurisprudencia misma sentada por el Tribunal Constitucional desde los años 80. Es decir, deja sin efecto la doctrina según la cual las leyes de bases y similares no pueden ser detalladas y completas porque, en este caso, reducen al mínimo el margen de actuación de las autonomías.

Batalla electoral

Es decir, la sentencia emitida por el Constitucional afecta a la política de las cosas en igual o mayor medida que a la defensa de algunos de los grandes principios. Sin embargo, el grueso del texto recurrido por el PP encaja en la Constitución y son interesadas las interpretaciones que pretenden anular el Estatut recortado como herramienta de futuro. Lo peor de todo es que, en vísperas electorales, esta batalla interpretativa se va a trasladar al campo de batalla diario.