El Tribunal de la UE obliga a revisar el acuerdo de datos de pasajeros con Canadá
Los jueces dictaminan que la transferencia de datos sensibles vulnera los derechos fundamentales y que el pacto supone una injerencia a la vida privada
Silvia Martinez
Periodista
SILVIA MARTINEZ / BRUSELAS
La transferencia de datos de pasajeros a terceros países siempre ha generado controversia en Bruselas y los jueces europeos acaban de dar más munición para el debate. El Tribunal de Justicia de la UE ha tumbado este jueves el acuerdo entre la UE y Canadá porque el tratamiento y la conservación de "datos sensibles" vulnera los derechos fundamentales y porque algunas disposiciones del pacto van contra el respeto a la vida privada y la protección de datos personales.
La UE y Canadá firmaron hace tres años un acuerdo sobre tratamiento y transferencia de datos del registro de pasajeros (PNR en sus siglas en inglés). El Parlamento Europeo, muy sensibilizado con la privacidad, decidió preguntar al Tribunal de la UE sobre su compatibilidad con la Carta Europea de Derechos Fundamentales y el dictamen no deja dudas: “El acuerdo sobre PNR no puede celebrarse en su forma actual” por “la incompatibilidad de varias disposiciones con los derechos fundamentales reconocidos por la Unión”.
El pacto permite la transferencia sistemática y continuada de los datos del PNR de la totalidad de los pasajeros aéreos a una autoridad canadiense, para su utilización y conservación, y la eventual transferencia posterior a otras autoridades y otros países terceros para luchar contra el terrorismo y otros delitos graves de carácter transnacional. Además, contempla un período de conservación de cinco años y una serie de requisitos en materia de seguridad y de integridad, el enmascaramiento inmediato de los datos sensibles, derechos de acceso a los datos, de rectificación y de supresión y la posibilidad de interponer recursos administrativos o judiciales.
Según los jueces, los datos compartidos permiten a las autoridades conocer los itinerarios de viaje de los pasajeros, sus hábitos de viaje, las relaciones existentes entre dos o más viajeros, sus hábitos alimenticios o su estado de salud. Y dado que la conservación de la información puede extenderse hasta cinco años el acuerdo “permite disponer de información sobre la vida privada durante un período particularmente prolongado”.
Injerencia en la vida privada
Todo esto hace que el pacto suponga una "injerencia en el derecho fundamental al respeto de la vida privada" -según el dictamen judicial- y “a la protección de los datos de carácter personal”. La Corte advierte además de que estas injerencias “no se limitan a lo estrictamente necesario y no establecen normas claras y precisas”. Por ejemplo, los jueces admiten que puede estar justificado que las autoridades conserven cinco años los datos de los pasajeros que pueden suponer un riesgo desde el punto de vista de la seguridad pero no los de aquellas personas que no presentan riesgos en materia de terrorismo o delincuencia grave.
El Tribunal de la UE dictamina por tanto que para que el acuerdo sea compatible con los derechos fundamentales debe ser revisado y cumplir con una serie de requisitos: determinar con mayor claridad y precisión algunos de los datos a transferir, disponer de los criterios utilizados en el tratamiento automatizado de los mismos, que las bases de datos se limiten a las utilizadas por Canada en la lucha contra el terrorismo y los delitos graves, que los datos solo se transmitan a terceros países bajo acuerdo previo con la UE, garantizr que una autoridad independiente supervisará las normas sobre protección de los pasajeros áereos y establecer un derecho a la información individual de los pasajeros.
El fallo ha sido recibido con satisfacción por la asociación European Digital Rights que ha urgido a Comisión Europea y Estados miembros a tomar medidas para cumplir con la sentencia. La decisión podría tener consecuencias importantes tanto en el registro europeo de pasajeros como en los acuerdos cerrados con Estados Unidos y Australia. "El fallo demuestra que las leyes antiterroristas se hacen en demasiadas ocasiones de forma apresurada, pero después no superan la revisión judicial. Las normas de privacidad y la lucha contra el terrorismo no deben contradecirse entre sí, pero las leyes deben hacerse teniendo en cuenta los estándares y valores europeos", ha advertido el grupo de los Liberales y Demócratas de la Eurocámara.
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