Sentencia judicial

Condenado a 31 años de cárcel por violar a su hijastra durante 18 años en Tarragona

La madre de la víctima, que estaba acusada de omisión del deber de denunciar, ha quedado absuelta

La mitad de los abusos a niños se cometen en la familia: el padre es el principal agresor

Imagen del mazo de un juez.

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ACN

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La Audiencia de Tarragona ha condenado a 31 años y 6 meses de cárcel al hombre acusado de violar a su hijastra durante 18 años y de agredir sexualmente a dos menores, amigos de una de sus hijas pequeñas. El tribunal ha absuelto al investigado de un delito continuado de agresión sexual con acceso carnal, de otro contra la integridad moral y de dos delitos de lesiones. Los magistrados de la sección cuarta también han absuelto a la madre de la víctima principal, que estaba acusada de ser cooperadora "necesaria" por omisión del delito de agresión sexual continuado a menor de 16 años. El condenado deberá indemnizar a las tres víctimas con un total de 120.000 euros. Los hechos se cometieron entre los años 2001 y 2019 en varios municipios de la demarcación.

El hombre también abusó de otros dos menores, amigos de una de sus hijas

En la sentencia, el presidente del tribunal de la sección cuarta de la Audiencia de Tarragona ha impuesto al hombre, acusado de agredir sexualmente a su hijastra desde que esta tenía 6 o 7 años, una pena de quince años de cárcel por un delito de agresión sexual continuado a menor de 16 años. Se trata de la pena máxima imponible. Por el mismo delito, pero en este caso, por agredir a otro menor -uno de los dos hermanos amigos de una de sus hijas pequeñas-, el juez ha dictado 10 años y 6 meses de cárcel. También ha ordenado otros 6 años de cárcel por un delito de agresión sexual -por la agresión que sufrió el otro hermano, también menor.

El juez le prohíbe acercarse a su hijastra y comunicarse con ella durante un periodo de 20 años

Asimismo, le impone la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros de su hijastra y de comunicarse con ella durante un periodo de 20 años. Y le impone otros 10 años de libertad vigilada y le inhabilita por cualquier profesión, oficio o actividad que comporte contacto con menores durante un periodo de 6 años. En cuanto a los otros dos menores, le prohíbe acercarse al primero y comunicarse con él durante 15 años y le impone 8 años de libertad vigilada. Para el segundo dicta una pena de 7 y 6 años, respectivamente. Respecto a la inhabilitación por cualquier profesión, oficio o cualquier actividad relacionada con menores, también le impone 6 y 5 años más.

El condenado no podrá ejercer profesiones que supongan contacto con menores

El hombre también estaba acusado de un delito continuado de agresión sexual con acceso carnal y prevalencia de parentesco, de otro contra la integridad moral y otras dos de lesiones. Sin embargo, el tribunal le ha absuelto de todos ellos.

En paralelo, la sala le condena a pagar una indemnización de 80.000 euros a la víctima principal y la cantidad de 30.000 euros y 10.000 euros a los otros dos menores. En global, el condenado debe pagar 120.000 euros de responsabilidad civil. Asimismo, los jueces le condenan a pagar la mitad de los costes procesales.

La madre de la víctima, absuelta

El tribunal ha decidido absolver a la otra acusada en la causa, la madre de la menor agredida sexualmente por su padrastro, la cual estaba acusada de ser cooperadora "necesaria" por omisión del delito de agresión sexual continuado a menor de 16 años. En la sentencia, el presidente del tribunal argumenta que la prueba practicada durante el juicio "no es suficiente para enervar el derecho a la presunción de inocencia" de la acusada, y por tanto "procede absolverla del delito por el que era acusada".

Entre algunos de los argumentos para justificar la decisión, señala que la menor aseguró con "total rotundidad" durante su declaración que su madre no sabía nada de lo que ocurría y que ella no le había contado ninguna de las agresiones. A su vez, considera que la declaración del acusado contra su expareja es "insuficiente". Por un lado, argumenta, que existe resentimiento y animadversión entre ambos; y por el otro lado, porque no pueden "obviar" que el hombre ha sido condenado por maltratar a su exmujer. Además, sostiene que todo lo que el condenado afirmó "no se ha corroborado con ningún medio probatorio practicado durante el juicio".

Agredida desde pequeña

En la sentencia, el tribunal consideró probado que el condenado y la mujer absuelta mantuvieron una relación sentimental durante 18 años, de la que nacieron dos hijas. La víctima principal es sólo hija de la acusada, fruto de una relación anterior. También ha quedado probado que el padrastro empezó a abusar de su hijastra, con tocamientos y sexo oral, cuando la menor tenía tan sólo 6 o 7 años.

Los abusos a su hijastra empezaron cuando la niña tenía 8 años y de las felaciones y tocamientos pasó a las penetraciones diarias

Asimismo, los jueces aseguran que ha quedado acreditado que cuando la menor tenía entre 8 y 9 años, el hombre le obligaba a hacerle felaciones, tocamientos y masturbarle, así como sentarse sin ropa encima mientras eyaculaba sobre ella. A la edad de 14 años, según acreditan los magistrados, empezaron las penetraciones, hechos que se producían de forma diaria. Además, sostienen que las agresiones sexuales continuaron durante los siguientes años.

La menor no denunció hasta 2019 porque el hombre la amenazaba con hacerle lo mismo a su hermana pequeña

Según recoge la resolución judicial, la menor intentó acabar con las agresiones sexuales desde que fue consciente de que eran actos "incorrectos", pero el padrastro la amenazó en que se divorciarían de su madre, que la seguiría violando o que le haría lo mismo a su hermana pequeña. "Esto le causó un gran desasosiego y adoptó una posición de aceptación y resignación hasta que denunció los hechos el 31 de octubre de 2019", indica el tribunal en la sentencia. Y añade: "Todos estos hechos le causaron una grave afectación psicológica por los actos vejatorios a los que fue sometida".

Agresión a otros dos menores

Además, el condenado también agredió sexualmente a dos amigos de una de sus hijas menores, quienes tenían doce y ocho años cuando ocurrieron los hechos. Ambos se quedaron a dormir en casa del hombre después de una fiesta de fin de curso de la escuela y, entonces, fue cuando sufrieron los abusos. En el caso del mayor también le agredió en un descampado, donde lo intentó penetra analmente mientras que el más pequeño sufrió tocamientos. El juicio se celebró a puerta cerrada el pasado año y el tribunal emitió la sentencia en octubre.