Juicio en Girona

Condenado a 24 años de cárcel por abusar sexualmente de cinco menores en Empuriabrava

La sentencia concluye que el hombre "se aprovechó" de la confianza que le tenían las familias de las niñas

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Thierry René Duboc, durante el juicio por abusar de cinco niñas en Empuriabrava.

Thierry René Duboc, durante el juicio por abusar de cinco niñas en Empuriabrava. / ACN

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La Audiencia de Girona ha condenado a 24 años y medio de cárcel al acusado de abusar sexualmente de cinco menores en Empuriabrava (Alt Empordà) entre los años 2016 y 2019. El tribunal concluye que se "aprovechó" de la confianza que le tenían los padres y los abuelos de las niñas, con quienes trabó una relación "intensa" de amistad. Tres de las niñas son hermanas y las otras dos hermanastras.

Según la sentencia, prevaleciéndose de ese vínculo entre familias, hizo tocamientos a las niñas cuando estaban solas en la habitación, en el sofá de su casa, en momentos de juego en la playa o cuando hacían estiramientos en el gimnasio. Las víctimas tenían entre 8 y 15 años. En el juicio, las familias de las víctimas dijeron que el procesado era como un "abuelo adoptivo" para las niñas.

La sentencia de la sección tercera de la Audiencia de Girona, de la que fue ponente la magistrada Fátima Ramírez Souto, expone que el procesado, que tenía 60 años en el momento de los hechos, generó "unos vínculos de cariño y familiaridad" con los padres y los abuelos de las menores que le "facilitaron" perpetrar los abusos: "Le proporcionaron el contacto con las menores y una relajación de los frenos defensivos de las familias de las menores, que no tenían ningún motivo para pensar que el acusado, rompiendo los vínculos de afectividad y lealtad propia de la relación de casi-familiaridad que se había formado, las sometería a conductas que atentaban contra su indemnidad sexual”.

"Rol de abuelo"

De hecho, la sentencia recoge que en el juicio, que se hizo del 20 al 23 de febrero, las menores, sus familias y el propio procesado dijeron que tenía un rol "como de abuelo" con ellas y que compartía tiempo , tanto en comidas familiares como en juegos o ratos de ocio en la playa.

El condenado, Thierry René Duboc, vivía junto a su esposa en un apartamento de Empuriabrava. Según la sentencia, las tres hermanas fueron a vivir a un piso de al lado en 2015 y empezaron a establecer la relación de amistad entre las familias: "La relación de vecindad se intensificó con el tiempo y las familias empezaron a compartir comidas y salidas".

La sentencia recoge que abusó de la hermana mayor cuando esta tenía 15 años, de la mediana, entre los 13 y los 15, y de la pequeña, entre los 8 y 10 años. El procesado siguió un patrón de conducta porque, en la mayoría de los casos y aprovechando la libertad de movimientos que tenía por esa relación de confianza, entraba en la habitación de las menores cuando estaban solas dentro de la estancia y les hacía tocamientos en las partes íntimas por debajo de la ropa. La misma conducta también la tuvo cuando realizaba estiramientos con alguna de las víctimas en el gimnasio o cuando iban a la playa.

Mismo patrón

Con las otras dos víctimas, que son hermanastras, compartió tiempo en verano del 2017, cuando las niñas, de entonces 11 y 13 años, fueron a pasar unos días de vacaciones con sus abuelos en Empuriabrava. El acusado era amigo de los abuelos de las menores "desde hacía años". También perpetró los abusos aprovechando "juegos" o cuando se iban a bañar en la playa.

A la hora de condenarle, la Audiencia expone que "el hecho de que sean varias las personas que denuncian haber sufrido abusos sexuales por un mismo acusado, en un escenario similar o igual, refuerza y corrobora sus declaraciones". "Si la declaración de cada una de ellas es por sí misma verosímil y creíble, unida a las demás adquiere mayor fuerza acreditativa y constituye un elemento de corroboración de la realidad de los hechos imputados".

Asimismo, el tribunal remarca que el procesado hizo un reconocimiento parcial de los hechos cuando declaró en fase de instrucción. En el juicio lo negó y lo achacó a un error de traducción del intérprete. La Audiencia no se le cree y lo considera una estrategia de defensa.

Daño psicológico

La sentencia subraya también los informes psicológicos y médicos que evidencian las afectaciones psicológicas que han sufrido las víctimas: "Los informes no tratan sobre la credibilidad de las víctimas, sino sobre su estado de salud psíquica y eso, para el tribunal, constituyen indicios objetivos ". Tres de las menores han sufrido síntomas compatibles con sufrir abusos sexuales.

La Audiencia condena al acusado como autor de un delito continuado de agresión sexual a menor de 16 años con introducción de miembros corporales con prevalimento de la relación de superioridad, dos delitos continuados de agresión sexual a menor aprovechándose de la relación de superioridad y dos delitos de agresión sexual a menor. El tribunal le aprecia el atenuante de dilaciones indebidas por el tiempo que el caso ha tardado en llegar a juicio y le impone la pena de 24 años, 6 meses y 3 días de prisión. El tiempo máximo de cumplimiento de la condena será de 20 años. El procesado estaba en libertad provisional.

La sentencia también le condena a 8 años de libertad vigilada una vez salga de prisión y Thierry René Duboc deberá indemnizar a las cinco víctimas con un total de 69.000 euros. La sentencia no es firme y puede recurrirse interponiendo recurso al TSJC.