En Pontevedra
Deniegan revisar una pena de 10 años por abuso sexual porque recaería mayor castigo en el reo
Gráfico | Ley del solo sí es sí: así quedan las condenas por delitos sexuales
¿Qué diferencia a la ley 'sí es sí' y a la reforma del PSOE-PP aprobada? Siete claves del retoque penal

La C. Valenciana encabeza la rebaja de penas por la ley del ‘solo sí es sí’.


EFE
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La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha denegado, en aplicación de la ley del ‘solo sí es sí’, revisar la pena de 10 años de cárcel impuesta al autor de un delito continuado de abuso sexual.
Se trata de un delito cometido sobre persona menor de 13 años con introducción vaginal de miembros corporales y aprovechando una situación de prevalimiento.
Más beneficiosa para el reo
Las magistradas explican en el auto facilitado este jueves que tanto la Constitución como el Código Penal “autorizan la revisión de penas de una manera general cuando la nueva ley sea más beneficiosa para el reo”.
Sin embargo, subrayan que, en este caso, “la nueva redacción de los preceptos aplicables conllevaría la imposición de una pena privativa de libertad superior a la impuesta, de donde se concluye que no procede la revisión solicitada”.
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