Admisión a trámite
El Constitucional revisará la ley trans y la del aborto al admitir a trámite los recursos del PP y de Vox
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Ángeles Vázquez
Periodista
Periodista especializada en tribunales. Vivo entre la Audiencia Nacional, el Supremo y el Constitucional. Descubrí '100 cosas que hacer en Madrid al menos una vez en la vida' y lo conté en un libro.
El pleno del Tribunal Constitucional revisará dos de las leyes estrella del Ministerio de Igualdad de Irene Montero: la ley del aborto y la ley trans. Lo hará al haber admitido a trámite los recursos de inconstitucionalidad presentados por 50 diputados del Grupo Parlamentario de Vox y por otros tantos del Popular, respectivamente.
Los diputados de Vox argumentan que la ley que en febrero modificó la Ley 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, recientemente validada en todos sus extremos por el Constitucional, podría vulnerar varios preceptos constitucionales,como el principio de libertad y pluralidad, el de legalidad, a la igualdad, a la vida o a la libertad ideológica.
La reforma que ahora será revisada por el alto tribunal pretende garantizar que las mujeres puedan abortar en el hospital público más cercano a su domicilio, facilitar el acceso a los anticonceptivos de última generación y que haya educación afectivo-sexual en las escuelas, pero sobre todo recupera el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo para las chicas de 16 y 17 años sin necesidad de tener el permiso paterno, extremo que el Constitucional debatió si debía estudiar al resolver el recurso presentado 13 años antes contra la ley en vigor. El tribunal rechazó esa opción al entender que el asunto había decaído al modificarse el precepto durante el Gobierno del PP.
El pleno también ha acordado admitir a trámite del recurso de inconstitucionalidad promovido por más de 50 diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso contra varios artículos de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.
Los demandantes alegan que podrían lesionar, entre otros, el principio de seguridad jurídica, el de libre desarrollo de la personalidad, en relación con el derecho a la integridad física, a la igualdad o a la protección de la infancia prevista en los acuerdos internacionales sobre la materia. La nueva norma fue polémica y provocó la ruptura del feminismo, por prever el cambio de sexo legal sin requisitos, especialmente entre los menores de edad, y la posibilidad de revocar la decisión a los seis meses.
Suspensión
El pleno ha paralizado de forma cautelar dos decisiones: una es la demolición del complejo urbanístico de la Isla de Valdecañas, acordada por el Tribunal Supremo, y que ahora queda en suspenso por un ajustado margen de seis magistrados frente a cinco hasta que se resuelva el recurso de forma definitiva. La otra es el Decreto-ley 5/2022, de 31 de agosto, del Gobierno de Extremadura, por el que se establecen medidas urgentes necesarias en la regulación del aprovechamiento de recursos minerales de litio en Extremadura.
Al haber invocado el Gobierno el artículo 161.2 de la Constitución, el tribunal ha acordado suspender la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados hasta pronunciarse de forma definitiva sobre los recursos. El Ejecutivo de Pedro Sánchez en su recurso argumenta que la norma podría vulnerar la delimitación de competencias en materia de aprovechamiento del dominio público minero.
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