Las 8 claves de la 'ley trans' que el Gobierno ha aprobado
La norma reconoce de facto la libre autodeterminación de género, al permitir el cambio de sexo registral sin informes, hormonación o testigos
El proyecto contempla la filiación y las técnicas de reproducción asistida en las mismas condiciones que para el resto
Patricia Martín
Periodista
Escribo en la sección de Sociedad, normalmente sobre temas sanitarios, de mujeres, violencia machista, infancia o consumo; aunque también he trabajado en otras secciones de El Periódico, como Política o Tribunales. Mi trayectoria profesional comenzó en medios locales, incluida una emisora regional de la 'Cadena Ser', y trabajé también para 'El País' y 'Cinco Días'.
Una vez superado el enfrentamiento en el seno del Gobierno, el Consejo de Ministros ha aprobado este martes el anteproyecto de ley para la igualdad de las personas trans y para la garantía de los derechos LGTBI, que reconoce de facto la libre autodeterminación de género, es decir, que se pueda cambiar de sexo en el Registro Civil y en el DNI con la mera declaración del interesado, en un plazo como máximo de cuatro meses. Y la normativa contiene otra serie de medidas, que se detallan a continuación.
La autodeterminación de facto
El proyecto legal, que ahora inicia una larga tramitación, no menciona la libre autodeterminación de género, como sí hacía el borrador elaborado por el Ministerio de Igualdad en febrero, pero reconoce este derecho al permitir el cambio de sexo registral sin requerir un informe médico de disforia de género y dos años de hormonación, como se exige ahora, o un testigo o documento que acredite la “situación estable de transexualidad”, como en un inicio exigía la Vicepresidenta Carmen Calvo. El anteproyecto, eso sí, exige ratificar que se quiere modificar el sexo en el Registro Civil en dos ocasiones, con tres meses de diferencia. Y si se quiere revertir la situación, hay que esperar seis meses y acudir a la jurisdicción voluntaria.
Los menores, a partir de los 14
El texto permite el cambio de la mención registral del sexo a partir de los 16 años y que entre los 14 y los 16 años los menores presenten la solicitud “asistidos por sus representantes legales”. Entre los 12 y los 14 años se autoriza al cambio de nombre y a solicitar la modificación del sexo ante la jurisdicción voluntaria. Los colectivos trans querían que la libre autodeterminación se reconociera de forma íntegra a partir de los 12 años y lucharán por esta rebaja en la edad en las fases posteriores de tramitación de la ley, antes de que vuelva al Consejo de Ministros en segunda lectura o vía enmiendas en las Cortes. Los menores de 12 años, no pueden solicitar el cambio de sexo pero sí de nombre, sin pruebas testificales o documentales.
Terapias y discriminación
El anteproyecto prohíbe las terapias de conversión, incluso si cuentan con el consentimiento del interesado. Asimismo, incorpora acciones específicas para promover la igualdad del colectivo en los ámbitos laboral, educativo, de la salud, etc. dado que, según la Agencia Europea de Derechos Fundamentales, el 42% de las personas LGTBI se han sentido discriminadas y sólo en 2020. Frente a ello, se prevé la inclusión en el currículo escolar del respecto a la diversidad sexual en todas las etapas educativas, así como formación para todo el profesorado.
La filiación de los hijos
A parte de la autodeterminación, una de las principales peticiones del colectivo es que se reconozca a las mujeres lesbianas y/o bisexuales la posibilidad de filiar a sus hijos, algo que se permitirá tanto si las parejas están casadas como si no. En este último caso, se permitirá cuando “la madre no gestante manifieste su conformidad” a la filiación y siempre que la misma no resulte contraria a las presunciones establecidas en la legislación civil y “no genere controversia”.
La reproducción asistida
Las mujeres lesbianas, bisexuales y las mujeres sin pareja volverán a tener acceso a técnicas de reproducción humana asistida tras siete años sin acceso a ese derecho en el Sistema Nacional de Salud. Asimismo, las personas trans con capacidad de gestar tendrán acceso en las mismas condiciones. El anteproyecto señala que, una vez sea publicado en el BOE, en el plazo de seis meses el Gobierno aprobará la modificación de la cartera de servicios con el fin de proporcionar “seguridad jurídica y equidad” en el acceso a las técnicas de fertilidad en igualdad de condiciones.
La violencia machista
La llamada 'ley trans' es <strong>rechazada </strong>por un sector del <strong>feminismo </strong>que teme que algunos maltratadores pidan ser reconocidos como mujeres para burlar la ley contra la violencia de género. Ante ello, el anteproyecto señala que “la rectificación de la mención registral no alterará las obligaciones jurídicas que pudieran corresponder a la persona con anterioridad a la inscripción del cambio registral”. Asimismo, respecto a la política de cuotas, indica que los interesados “no podrán ser beneficiarios de medidas de acción positiva adoptadas en favor de las mujeres” respecto a la situación anterior a la modificación.
Los intersexuales y los no binarios
El proyecto legal contiene un capítulo destinado a las personas intersexuales, que son aquellas que nacen con órganos masculinos y femeninos. La ley prohíbe la modificación genital de los recién nacidos intersexuales, salvo por indicación médica, y permite a los progenitores, de común acuerdo, solicitar que la mención del sexo figure en blanco durante un año, para darles más tiempo a conocer el sexo al que pertenece el bebé. Por el contrario, el anteproyecto obvia a las personas de género <strong>no binario</strong>, aquellas que no encajan en los estándares masculino o femenino, carencia que la ministra de Igualdad, Irene Montero, se ha comprometido a corregir durante la tramitación, al igual que la ampliación de derechos para las personas migrantes.
Medidas frente a la LGTBIfobia
El colectivo LGTBI es frecuentemente objeto de todo tipo de ataques. De hecho, el 8% admite haber sufrido vejaciones en los últimos cinco años, especialmente las aulas. Para frenar esta situación, la ley contempla medidas de protección o reparación de las víctimas e incorpora sanciones que pueden llegar, en los casos muy graves, a los 150.000 euros.
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