Sala de lo Penal

La Audiencia Nacional respalda la instrucción del juez García Castellón en el caso Tsunami Democràtic

Imputados en Tsunami Democràtic alegan que García Castellón inició una causa general contra el independentismo

El Supremo abre causa penal a Puigdemont y a Wagensberg por delito de terrorismo en el caso Tsunami Democràtic

Disturbios en la zona del Camp Nou durante la manifestación convocada por Tsunami Democràtic por el Clásico entre el Fc Barcelona y el Real Madrid, el 18 de diciembre de 2019.

Disturbios en la zona del Camp Nou durante la manifestación convocada por Tsunami Democràtic por el Clásico entre el Fc Barcelona y el Real Madrid, el 18 de diciembre de 2019. / EP

Ángeles Vázquez

Ángeles Vázquez

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La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha vuelto a refrendar la instrucción realizada por el juez Manuel García Castellón por delitos de terrorismo en el caso Tsunami Democràtic. En esta ocasión lo ha hecho al rechazar el recurso presentado por varios imputados, en el que alegaban indefensión por haberse producido una investigación prospectiva contra el independentismo catalán a través de la apertura de distintas diligencias previas, todas ellas concentradas en el Juzgado Central de Instrucción número 6, que para ello habría vulnerado las normas de reparto de la propia Audiencia.

El tribunal rechaza la alegación de los empresarios Oriol Soler y Oleguer Serra, a la que se adhirió Marta Molina, de ERC, para intentar tener acceso a todas las diligencias previas abiertas en el juzgado de García Castellón en relación con el independentismo catalán, de las que entendían que se había nutrido el procedimiento relativo a Tsunami Democràtic, en el que están imputados los tres junto a otras personas, como la secretaria general de Esquerra, Marta Rovira.

La Sala considera que el "único propósito" de los recurrentes es el "de apartar" al magistrado, "tras intentar en tres ocasiones su recusación". El auto sostiene que no concretan "en qué aspectos inciden en su defensa" las diligencias previas a las que piden acceder. El tribunal deja constancia de que, "según argumentan en la solicitud y en el recurso", parecen conocer. 

El auto rechaza que García Castellón vulnerara las normas de reparto de asuntos de la Audiencia Nacional con la apertura de las diligencias que alegan las defensas y asegura que los recurrentes "obvian" que ha sido el propio Supremo el que ha declarado que "los hechos investigados revisten indiciariamente carácter de delito de terrorismo", al abrir una investigación contra el expresidente catalán Carles Puigdemont y el diputado de ERC Ruben Wagensberg.

En opinión de la Sala de lo Penal, la decisión del alto tribunal refrenda que el magistrado "desglosara de las diligencias previas 99/2018 la investigación sobre Tsunami Democràtic, formando en principio una pieza separada y posteriormente unas nuevas diligencias previas, cuya instrucción compete a dicho juzgado conforme a las normas de reparto, en modo alguno aplicadas 'torticeramente' como se viene a afirmar", asegura el auto. 

García Castellón ya había rechazado la pretensión de la defensa de acceder a las diligencias de las que se había desglosado Tsunami, en lo que, según Serra y Soler, constituía una especie de causa general contra el independentismo. "Especialmente, si lo que se quiere es evitar que las diversas investigaciones operen como vasos comunicantes que enturbiarían el progreso de las actuaciones y que, además, sí podrían arrojar la sombra de existencia de una causa general o prospectiva contra determinadas ideas", resulta conveniente que las investigaciones sean "compartimentos estancos", afirmaba el magistrado.

Con ese argumento el juez negó a la defensa de ambos empresarios, que ejerce el abogado Benet Salellas, el acceso a las diligencias de las que se desglosaron las de Tsunami Democràtic y la de la célula presuntamente terrorista de los CDR, ocho de cuyos supuestos miembros se enfrentan a una petición fiscal de 27 años de cárcel.