Como acusación
El Supremo admite la personación de los policías heridos y de Dignidad y Justicia en el caso Tsunami
El Supremo puede asumir la investigación contra Puigdemont aunque no aprecie terrorismo
La teniente fiscal del Supremo no ve indicios para imputar a Puigdemont por el caso Tsunami
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Archivo - El expresidente de la Generalitat y eurodiputado de Junts, Carles Puigdemont, ofrece una rueda de prensa / Europa Press - Archivo
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Ángeles Vázquez
Periodista
Periodista especializada en tribunales. Vivo entre la Audiencia Nacional, el Supremo y el Constitucional. Descubrí '100 cosas que hacer en Madrid al menos una vez en la vida' y lo conté en un libro.
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J. G. Albalat
Redactor
Ha trabajado en el Diario de Barcelona, El País y AVUI. Desde hace años en El Periódico cubriendo los acontecimientos judiciales. Premios Ortega y Gasset, Save the Children, Ramon Barnils y Josep Maria Planes por la investigación del 'caso Maristas' sobre abusos sexuales en los colegios. En el 2016, mención honorífica de la Generalitat en el Día de la Justicia. Colaborador de publicaciones jurídicas. Profesor asociado Master de Criminología de la Universitat de Barcelona.
El Tribunal Supremo aún no ha decidido si acepta o no la exposición razonada que le elevó el juez Manuel García Castellón sobre los altercados que se produjeron durante protestas convocadas por Tsunami Democràtic para que impute al expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, pero ya ha efectuado el trámite de aceptar la personación en las actuaciones de las acusaciones populares y particulares que lo han solicitado.
En una diligencia de ordenación, firmada por el letrado de la Administración de Justicia de causas especiales (las relativas a aforados) de la Sala Segunda, a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, se acepta la personación de Dignidad y Justicia, como acusación popular, y de los dos agentes de policía que resultaron heridos de gravedad el 18 de octubre de 2019 en Via Laietana y la plaza de Urquinaona, en Barcelona, durante una jornada en la que Tsunami Democràtic había convocado una huelga general en protesta por la sentencia del 'procés', que se había conocido cuatro días antes.
Desde la secretaría de la Sala de lo Penal del alto tribunal también se incorpora a las actuaciones el informe de la teniente fiscal del alto tribunal, Ángeles Sánchez Conde, contrario a que se aceptara la exposición razonada remitida por García Castellón al no apreciar indicios de la participación de Puigdemont en la creación de Tsunami Democràtic, sino más bien de lo contrario, según los mensajes que el juez de la Audiencia Nacional presentaba como indicios contra el líder de Junts.
El magistrado Juan Ramón Berdugo, designado ponente, será el encargado de proponer a la Sala de Admisión, presidida por Manuel Marchena, seguir el criterio fiscal o de ignorarlo, como, por otra parte, proponía la mayoría de los fiscales de la sección de lo Penal que se reunió el pasado día 6 para fijar el criterio del ministerio público, aunque finalmente el presentado sea justo el contrario.
De hecho, el juez García Castellón ha solicitado una copia de este dictamen, aunque carezca de validez ante el Supremo, para remitírselo a Suiza y reforzar la comisión rogatoria que cursó para localizar a la secretaria general de ERC, Marta Rovira, y recabar información sobre una cuenta desde la que presuntamente se financió la plataforma abierta en ese país.
Las acusaciones cuya personación se ha admitido este martes solo resultarán efectivas en el caso de que la Sala Segunda asuma el procedimiento, lo que se producirá si entiende que hay indicios suficientes para investigar a Puigdemont, que, como eurodiputado, es aforado, y al diputado de ERC en el Parlament Rubén Wagensberg, que al atribuírsele delitos cometidos fuera de Catalunya solo puede ser investigado por el alto tribunal.
Para que el Supremo tome esa decisión es indiferente que considere que lo ocurrido en las convocatorias de Tsunami Democràtic fue constitutivo de un delito de terrorismo, como sostiene el juez García Castellón, o de desórdenes públicos agravados, como defiende el fiscal adscrito al caso en la Audiencia Nacional, Miguel Ángel Carballo. Solo es necesario que haya indicios para investigar a aforados.
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