Tsunami Democràtic

El Supremo puede asumir la investigación contra Puigdemont aunque no aprecie terrorismo

García Castellón eleva al Supremo la causa de Tsunami Democràtic para que impute a Puigdemont

El fiscal sale en defensa de Puigdemont al apoyar los recursos de los imputados

Archivo - El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, su abogado, Gonzalo Boye, y el jefe de la Oficina de Carles Puigdemont, Josep Lluís Alay, en una rueda de prensa a 25 de septiembre de 2021, en L’Alguer, Cerdeña (Italia).

Archivo - El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, su abogado, Gonzalo Boye, y el jefe de la Oficina de Carles Puigdemont, Josep Lluís Alay, en una rueda de prensa a 25 de septiembre de 2021, en L’Alguer, Cerdeña (Italia). / Lorena Sopêna - Europa Press - Archivo

Ángeles Vázquez

Ángeles Vázquez

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El Tribunal Supremo puede decidir asumir la causa de Tsunami Democràtic con independencia de que aprecie indicios de terrorismo o no, porque para él, a diferencia de la Audiencia Nacional, el tipo de delito no es fundamental a la hora de decidir si debe investigar a un aforado que queda bajo su jurisdicción: en este caso se trataría del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, al ser eurodiputado, y del diputado del Parlament, Ruben Wagensberg.

De hecho la calificación, según señalan fuentes jurídicas a EL PERIÓDICO, salvo que sea extremadamente clara, no se suele declarar de forma categórica al asumir las pesquisas, sino más adelante. A la hora de aceptar una exposición razonada, como la elevada por el juez Manuel García Castellón contra el expresidente Puigdemont y el diputado Wagensberg, lo que tiene que tener claro es si hay indicios contra ambos o alguno de ellos y debe asumir la investigación ya, para antes de nada cursar el correspondiente suplicatorio a la Cámara que corresponda: el Parlamento Europeo, en el caso del primero, y el Parlament, en el del segundo.

Ello es así porque el Supremo justifica su competencia, si procede, por la existencia de indicios contra aforados en el procedimiento con independencia del delito de que se trate. En cambio, la Audiencia Nacional solo es competente si aprecia indicios de terrorismo, lo que ha hecho que el inusual enfrentamiento vivido entre el juez García Castellón y el fiscal adscrito al caso, Miguel Ángel Carballo, a cuenta de si hay o no terrorismo resulte tan relevante.

De triunfar la tesis del representante del ministerio público en la Audiencia Nacional, el juez García Castellón no sería competente para investigar la causa y tendría que remitir las actuaciones a los juzgados donde se produjeron los altercados atribuidos a Tsunami Democràtic, salvo que la causa sea asumida por el Supremo al haber aforados implicados, como sostenía el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 desde su auto de 6 de noviembre, en el que imputó a la secretaria general de ERC, Marta Rovira, y otras nueve personas y dirigió las actuaciones contra los aforados.

Junta del martes

Esa trascendencia se ha trasladado a la Fiscalía del Tribunal Supremo, cuya Junta de lo Penal se reunirá este martes para adoptar una posición definitiva a partir del fiscal al que le ha tocado la ponencia, Álvaro Redondo. En el borrador trasladado a todos los fiscales que participarán en la reunión, el representante del ministerio público coincide con su compañero de la Audiencia Nacional y no solo no aprecia terrorismo, sino que considera que no hay indicios suficientes para actuar contra Puigdemont que obliguen a elevar un suplicatorio al Parlamento Europeo para solicitar autorización para investigarle.

La propuesta de Redondo pasa por proponer a la Sala Segunda que devuelva la exposición razonada al juez García Castellón para que continúe la instrucción, al apreciar indicios demasiados abiertos contra los aforados para que el alto tribunal asuma la causa.

El informe fiscal se ha visto envuelto en polémica al haber miembros de la Junta que aseguran que su compañero barajó un primer borrador en el que sí era partidario de apreciar terrorismo en las actuaciones de Tsunami Democràtic, aunque el definitivo lo descarte. A través de sendos comunicados, el fiscal Redondo y la Fiscalía General del Estado han negado tajantemente cualquier tipo de presión y que un hipotético cambio de criterio obedezca a un encuentro que mantuvo con el fiscal general, Álvaro García Ortiz.

Redondo admite que redactó "un primer borrador interno, como documento de trabajo, sin carácter de documento procesal". "Varios días después, tras un profundo y exhaustivo estudio de los complejos hechos relatados en una exposición de más de cien folios, así como de la doctrina del Tribunal Supremo, elaboré el borrador de ponencia para la junta de Fiscales, en el que concretaba la conceptuación jurídica que sostendría en dicha junta: entre otros varios delitos investigados, los hechos no constituían concretamente un delito de terrorismo", explicaba el fiscal. Es el que entregó a sus compañeros cuando el fiscal general decidió que el asunto fuera decidido por la junta de fiscales de lo Penal de este martes.

Con independencia del informe fiscal, el alto tribunal puede adoptar la decisión que considere más oportuna. El magistrado Juan Ramón Berdugo será el primero en pronunciarse al respecto con una propuesta de resolución que elevará a sus compañeros que conforman la Sala de Admisión, presidida por Manuel Marchena, que será la que acepte o rechace la exposición razonada remitida por García Castellón.

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