Sobre el nombramiento de vocales

Un párrafo de la sentencia del TC sobre el CGPJ enciende a los jueces conservadores

La asociación Francisco de Vitoria dice estar preocupada por la inclusión de una frase que permitiría al Gobierno cambiar el sistema de elección de vocales, mientras que desde el TC se afirma que es indiferente ante cualquier modificación

Una imagen de la fachada del Tribunal Constitucional

Una imagen de la fachada del Tribunal Constitucional / EFE

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Desde que Cándido Conde-Pumpido asumió la presidencia del Constitucional parece que cualquier excusa es buena para denunciar la supuesta politización del tribunal de garantías. El último episodio de la polémica ha surgido por un párrafo incluido en la sentencia que avala la reforma del Gobierno de Pedro Sánchez que impide al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) hacer nombramientos mientras esté en funciones.

La segunda asociación judicial en número de afiliados, la Asociación de Jueces y Magistrados Francisco de Vitoria, ha hecho público un comunicado de su comité nacional en el que denuncian que la sentencia incluye un párrafo que consideran "innecesario" para resolver el recurso de Vox contra la ley que vetaba los nombramientos de un Consejo en funciones, con la que el Gobierno trató en vano de forzar al PP a renovar un órgano que en diciembre habrá doblado el mandato de cinco años que está previsto. Desde el TC se resta importancia a la expresión y se asegura a este diario que se trata de una afirmación habitual en quien fue la ponente de la sentencia, María Luisa Balaguer.

El párrafo en cuestión es el que dice: “No existe una definición constitucional excluyente del sistema de nombramiento de los vocales del CGPJ, siendo posible, dentro del marco constitucional, que la propuesta para su nombramiento proceda en todo o en parte del Congreso o del Senado”. Según la asociación judicial, el TC "está afrontando una grave crisis de credibilidad, debido tanto a los criterios de elección de sus magistrados como al proceder sistemático del tribunal por bloques, lo que es difícilmente compatible con métodos de resolución en los que prime lo jurídico sobre lo ideológico".

Para la asociación que "el TC se pronuncie expresamente y sin necesidad sobre la validez constitucional de un sistema de elección de los vocales del CGPJ" que, dice el colectivo, "coincide parcialmente con una inciativa en ciernes para reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) a fin de que sea el Congreso de los Diputados quien elija a los vocales que actualmente designa el Senado, carece de justificación jurídica y más bien parece un intento de influir en un debate político abierto en nuestro país".

Desde el sector conservador del Consejo General del Poder Judicial también advierten a este diario que sobrevuela el riesgo de que el PSOE, apoyado por sus socios de Gobierno una vez se solventen los apoyos para la investidura, emprenda una nueva reforma legal que, basada en esta nueva doctrina del Tribunal Constitucional, permita hurtar al Senado su capacidad para nombrar como ocurre hasta ahora seis de los vocales de origen judicial, que pasarían a ser cosa del Congreso de los Diputados. De este modo, la mayoría progresista lograría el control sobre la designación un total de 16 vocales (los judiciales más los cuatro juristas de reconocido prestigio que corresponde a la cámara baja), sorteando así el bloqueo del PP para el acuerdo de renovación.

También con el aborto

Desde el Constitucional sostienen que es práctica habitual de la ponente de la sentencia, María Luisa Balaguer, incluir el margen que deja la Constitución a las leyes, porque no introdujo previsión alguna sobre el asunto en cuestión. Ya lo hizo en su voto concurrente sobre la ley del aborto y los plazos y ahora lo ha hecho con los nombramientos de vocales. Además, añaden que con indiferencia de la inclusión o no del párrafo, si el Gobierno quiere cambiar el sistema de elección y la Carta magna no dice nada al respecto, como señala la expresión cuestionada, no sería inconstitucional.

En contraposición recuerdan que la Constitución sí establece cómo debe producirse la designación de magistrados del propio tribunal; si no dice nada de los vocales es porque los padres constituyentes no lo consideraron relevante, mientras que sí lo entendieron necesario en el Constitucional.

Respecto a la propuesta de que no se incluya el mismo párrafo en la sentencia con la que se resolverá el recurso del PP sobre el mismo asunto aún pendiente, las fuentes consultadas recuerdan que las segundas resoluciones sobre un mismo asunto son más breves que las originales porque se remiten a la jurisprudencia establecida en estas.

Propuesta de Guilarte

Y mientras el modelo de elección de los vocales sigue en cuestión, en presidente suplente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Vicente Guilarte, ha señalado este lunes que considera "imprescindible" que la renovación del órgano de gobierno de los jueces se haga "desde la independencia de quienes sean elegidos" y ha informado de la creación de un grupo de estudio para "ofrecer en breve" un modelo en el que "no haya vencedores" ni "vencidos" dentro de la "lucha política" que "esto parece ser", informa Europa Press.

Según ha avanzado, se trata de un "pequeño grupo" de estudio con "gente valiosa" e "independiente" que trabaja con el objetivo de ofrecer "en breve" este modelo de renovación, incidiendo en que su objetivo al frente del Consejo es la renovación y si no lo consigue "será el momento de decir hasta aquí hemos llegado".

"No tiene mucho sentido que permitamos o que nos mostremos conformes con que la política meta la mano en nuestros asuntos, en vuestros asuntos", ha expuesto este lunes Vicente Guilarte durante la inauguración del encuentro nacional de Jueces de Vigilancia Penitenciaria celebrado en la Real Chancillería de Granada.