Acto en el Maresme
La JEC multa a Aragonès con 2.200 euros por "electoralismo" en la campaña del 23-J
La JEC multa a Sánchez con 2.200 euros por criticar a PP y Vox desde Bruselas en la campaña electoral
Miguel Ángel Rodríguez
Periodista político, especializado en la información parlamentaria del Congreso y el Senado
La Junta Electoral Central (JEC) ha decidido multar al president de la Generalitat, Pere Aragonès, con 2.200 euros por la realización de un acto en julio sobre las mejoras de movilidad del Maresme, una comarca de Barcelona. Al considerar que hizo "electoralismo" en plena campaña a las elecciones generales del pasado 23-J, el árbitro electoral ha subrayado que se trata una vulneración del artículo 50.3 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), donde se estipula la prohibición de "realizar actos de inauguración de obras o servicios públicos o proyectos de éstos" desde la convocatoria de elecciones y hasta su celebración.
Bajo el título de 'Presentación de las mejoras de movilidad del Maresme, previstas con la aportación de 384 millones de euros', Aragonés acudió a mediados de julio a la presentación de este proyecto en el que, además, se repartió documentación con el emblema de la Generalitat y en la que se podía leer ''384 M€ Mejora del Corredor N-II/C-32 en el Maresme".
Los argumentos
"Todo ello constituye aparentemente una vulneración de la prohibición de realizar actos de inauguración de obras o servicios públicos o proyectos de éstos", detalló la JEC en su acuerdo del 20 de julio, después de que el PSC presentara una denuncia contra Aragonès y contra la consellera de Territorio, Ester Capella, por aquel acto. Además, Aragonès también elogió en reiteradas ocasiones la gestión del Govern que él mismo dirige y puso en alza el nuevo proyecto.
"La utilización de recursos institucionales, como es el referido acto de "Presentación" de una inversión de 384 millones de euros, junto con las declaraciones efectuadas en la rueda de prensa que formaba parte del mismo, estarían quebrantando el principio de neutralidad que dimana de los apartados 2 y 3 del art. 50 de la LOREG", determinó la JEC al tomar la decisión de abrirle expediente. Además, señalaron que "no sería ésta la primera vez" que Aragonès "estaría quebrantando las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 50 de la LOREG", puesto que ya fue requerido en dos ocasiones, el 19 de abril y el 28 de mayo de 2023.
Así, finalmente, el árbitro electoral ha decidido sancionar con 2.200 euros al presidente de la Generalitat por haber mermado el "principio de igualdad entre las formaciones políticas contendientes en las elecciones".
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