La Justicia Europea

¿Cómo afectaría una amnistía a las demandas del 'procés' ante el TEDH?

El TEDH revisará las condenas del 'procés' y da de plazo a España hasta enero para alegar

¿Quién puede beneficiarse de la amnistía que el Gobierno negocia con Junts y ERC?

Los presos del 'procés' abandonan la cárcel tras el indulto del Gobierno.

Los presos del 'procés' abandonan la cárcel tras el indulto del Gobierno. / EFE / QUIQUE GARCÍA

Ángeles Vázquez

Ángeles Vázquez

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

Tanto los condenados por el 'procés' como los que huyeron de la justicia española han fijado desde el primer minuto su mirada en los jueces europeos. En concreto, en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), como principal garante frente a las vulneraciones que alegan haber sufrido durante la tramitación de la causa y el juicio por el referéndum ilegal del 1-O. Justo cuando el tribunal con sede en Estrasburgo ha dado de plazo hasta enero a España para responder a las demandas interpuestas por los nueve condenados a penas de prisión, la promulgación de una ley de amnistía para conseguir el apoyo de ERC y Junts a la investidura de Pedro Sánchez se augura más que próxima.

Sus esperanzas de obtener una reparación en Europa se han ido incrementando según han transcurrido los meses, ya que cuentan con que todo lo ocurrido sea tenido en cuenta. De un procesamiento por rebelión y sedición, el Supremo se inclinó por el segundo delito e impuso penas de hasta 13 años de cárcel, que luego fueron indultadas por el Gobierno socialista. Para aliviar la inhabilitación que aún siguen cumpliendo el Ejecutivo pactó con ERC una reforma penal que supuso la derogación de la sedición, aunque no lograron que se rebajara la pena impuesta en esa sentencia, porque la malversación cometida sigue considerándose la más grave prevista en el Código Penal.

Los efectos

Como una especie de colofón de ese recorrido judicial y político llega la negociación de una ley de amnistía entre el PSOE y los independentistas, cuyos votos en el Congreso son indispensables para la reelección de Sánchez como presidente del Gobierno. El efecto inmediato de una ley de esas características será el archivo de todas las causas abiertas en España que se encuentren incluidas en los supuestos amnistiados. Ello con independencia de que los jueces del Supremo o de los tribunales catalanes con procedimientos puedan dudar de su constitucionalidad y eleven una cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional o una prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Ninguna de las dos vías supone la paralización del archivo, si la causa bajo su competencia entra dentro de los supuestos incluidos en la ley que promulgue el Congreso.

Lo que ocurrirá en las causas españolas en el caso de que la amnistía se materialice es similar a lo que ocurrió con la reforma penal pactada entre el Gobierno y ERC, por la que se derogó la sedición y se modificó la malversación. El Supremo revisó la sentencia que dictó en octubre de 2019 y sustituyó la sedición por una mera desobediencia. No obstante, consideró que su condena por malversación no se veía afectada por el cambio legal que se había realizado, porque seguía dentro de la modalidad más grave de los casos de desvío de dinero público. Tampoco sirvió para el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont ni para el 'exconseller' Toni Comín, que si vienen a España ingresarán en prisión preventiva, a diferencia de lo que ha ocurrido con Clara Ponsatí, Meritxell Serret o Anna Gabriel.

Arma de doble filo

En un buen ejemplo de vender la piel del oso antes de cazarlo hay quien ya se ha mostrado en contra de la amnistía por considerarla "un arma de doble filo", que "puede ser una trampa". La Assemblea Nacional Catalana (ANC) se ha mostrado en contra de un perdón general. Su entonces presidente y después dirigente de Junts, Jordi Sànchez, fue condenado a nueve años de cárcel por sedición, delito que con la reforma se transformó en uno de desórdenes públicos y el Supremo declaró extinguida la inhabilitación que aún cumplía.

En un comunicado la ANC ha advertido: "Si sólo sirve para que España demuestre ante el TEDH que la vía interna de reparación de los derechos vulnerados se está activando, será una trampa que puede propiciar que la causa en los tribunales internacionales acabe decayendo. Si esto sucede, se estará blanqueando toda la represión que ha hecho todos estos años el Estado español, sin avanzar hacia el objetivo nacional de alcanzar la independencia".

Dejando al margen la interpretación que hace la ANC de un hipotético archivo en el tribunal de Estrasburgo, su temor al cierre de las demandas no está injustificado, porque el artículo 37 del Convenio Europeo de Derechos Humanos prevé su archivo cuando "las circunstancias permitan comprobar: que el demandante ya no está dispuesto a mantenerla; que el litigio haya sido ya resuelto; o que, por cualquier otro motivo verificado por el tribunal, ya no esté justificada la continuación del examen de la demanda".

No obstante, a continuación añade una previsión: "El tribunal proseguirá el examen de la demanda si así lo exige el respeto de los derechos humanos garantizados por el Convenio y sus Protocolos". El reglamento del propio TEDH se remite al artículo 37 del convenio para prever el archivo de una demanda "si las partes (...) afectadas por el asunto aceptan el desistimiento" o hay un acuerdo amistoso entre ellas. Además, en este caso, la admisión formal a trámite de las demandas del 'procés' no se realizará hasta estudiar las alegaciones para las que España tiene hasta el 12 de enero para presentarlas, porque de momento solo se ha comprometido a estudiar los argumentos de ambas partes.

El tribunal europeo se deja, además, una puerta abierta para "acordar la reapertura del procedimiento de una demanda que haya sido archivada en virtud del artículo 37 del Convenio, si considera que circunstancias excepcionales lo justifican".  

Suscríbete para seguir leyendo