Análisis

El juez inglés intenta despejar en cuatro días las objeciones previas de Juan Carlos a la demanda de Corinna, por Ernesto Ekaizer

Las audiencias convocadas en el Tribunal Superior de Justicia de Inglaterra y Gales tendrán lugar entre el martes 18 y el jueves 21 de julio 

Juan Carlos I y Corinna.

Juan Carlos I y Corinna. / Archivo

Ernesto Ekaizer

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El juez del Tribunal Superior de Justicia de Inglaterra y Gales, Matthew Nicklin, convocó el pasado 10 de febrero, previa consulta con las dos partes, una audiencia de cuatro días, entre el 18 y el 21 de julio próximos, para escuchar las objeciones previas de la defensa de Juan Carlos I a la demanda por presunto acoso presentada por su examante Corinna zu Sayn-Wittgenstein. Una orden del juez dio de plazo hasta el pasado lunes 10 de julio para registrarse a todos aquellos que quieran seguir las audiencias vía telemática ('streaming'). El juez prosigue así el procedimiento después de que la Corte de Apelaciones, división civil, limitase en diciembre pasado la amplitud de la demanda al periodo posterior a la abdicación de Juan Carlos I al considerar que los hechos imputados con anterioridad al 18 de junio de 2014 -entrada presuntamente ilícita del agentes del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) en las oficinas de Corinna en Mónaco, en mayo de 2012, y secuestro de documentos- entraban dentro de la protección del monarca por su cargo oficial mientras ejercía como rey de España (inmunidad de Estado). 

Lo que permanece de la demanda, pues, son las conductas posteriores de Juan Carlos I, entre el 18 de junio de 2014 y el 29 de diciembre de 2020, fecha en la que Corinna presentó la demanda en Londres. 

Citación judicial

Citación judicial

Los costes

El "partido" va de momento empatado en término de goles. Corinna ganó el primer cuerpo a cuerpo cuando el juez Nicklin sentenció en marzo de 2022 que Juan Carlos I carecía de inmunidad, lo que supuso el pago de costas de 235.000 libras esterlinas o 270.250 euros; en diciembre de 2022, la Corte de Apelaciones limitó el caso al periodo posterior a la abdicación de Juan Carlos I, que obligó a Corinna a abonar 320.000 euros. Estas costas son públicas. Pero no lo son las tarifas que cobran los abogados de los bufetes que defienden al rey emérito -Carter Ruck después del cese de Clifford Chance- y de Corinna -Kobre & Kim-, que a su vez contratan a abogados que presentan los casos ante el tribunal y la corte de apelaciones ('barristers').  

La justicia inglesa desde los tiempos del célebre escritor Charles Dickens y su obra Casa Desolada es muy cara. 

Por si cabía alguna duda, la juez que presidió el tribunal de la Corte de Apelaciones el pasado mes de diciembre fue lapidaria.  

"Es un caso serio e importante, que tiene gran repercusión pública y está costando una fortuna, así que no lo tomen como un folletín", dijo a las partes Eleanor Parker. 

¿De dónde obtiene sus fondos Juan Carlos I para pagar costas y facturas de abogados? Se ignora. Pero ahora, cuando ha obtenido la residencia fiscal en Emiratos Árabes Unidos (EAU), ya tiene patente de corso: todos esos gastos, así como los fondos y patrimonio que presuntamente pudiera poseer en el exterior están fuera del alcance de la Hacienda española. 

La implicación de Sanz Roldán

Hasta el momento, el procedimiento ha dado vueltas sobre las cuestiones de forma y no ha entrado al enjuiciamiento de las pruebas del acoso, vigilancia ilegal y difamación. 

El juez Nicklin sentenció el 24 de marzo de 2022 que Juan Carlos I carecía de todo tipo de inmunidad y rechazó una apelación que le presentó la defensa del rey (el equivalente de una súplica). Ello abrió el camino para presentar una solicitud de permiso ante la Corte de Apelaciones del alto tribunal para apelar. Se le permitió apelar sobre la inmunidad. Y en diciembre pasado, según se ha señalado, la Corte consideró que las alegaciones iniciales de Corinna -luego modificadas- según las cuales el director del CNI, el general Félix Sanz Roldán, había recibido instrucciones de Juan Carlos I de enviar agentes para registrar sus domicilios en Mónaco -segunda residencia de Corinna- y Londres, y ello suponía que actuó en sus funciones oficiales. Sanz Roldán habría obedecido al entonces jefe de Estado. Con este argumento, Juan Carlos I obtuvo la victoria, pírrica, que permitió excluir de la demanda los hechos que se le imputan en el periodo 2012-18 de junio de 2014. Ello tiene por efecto que el CNI y Sanz Roldán se han salvado.  

En el periodo 2014-2020, según la demanda de Corinna, tuvieron lugar hechos "sustanciales". Uno de ellos sería, por ejemplo, la exigencia de Juan Carlos I el 16 de septiembre de 2014 a Corinna, de que le devolviese los 100 millones de dólares (64,8 millones de euros) que le donó de forma "irrevocable" a primeros de junio de 2012, y acto seguido la campaña de acoso que habría sufrido a raíz de su negativa.  

El encuentro tuvo lugar en la fecha citada en The Connaught Hotel, en Londres en presencia del abogado de Juan Carlos I, el suizo Dante Canonica, según el relato de la examante. Corinna presume de tener pruebas al respecto. 

Las impugnaciones

Pero en los cuatro días de audiencias a partir del martes 18 de julio, la defensa de Juan Carlos I va a impugnar como mínimo otras dos cuestiones previas que ya elevó ante el juez Nicklin.  

Una de ellas es el encaje de los actos de acoso en la ley británica de Protección contra el Acoso ('harrasment') de 1997. La defensa señala que la jurisdicción del Reino Unido no es la más apropiada –'inconvenient forum'– y quiere que transfiera la demanda a otro foro legal. Por ejemplo: España. Está solicitando, pues, una declinatoria de jurisdicción.  

Y la otra cuestión previa pendiente es la forma de la comunicación del escrito de demanda –'particulars of claim'– a Juan Carlos I, quien la recibió en su cuenta de 'WhatsApp' particular, en Abu Dabi, el 29 de diciembre de 2020. Juan Carlos I sostiene que se le debía cursar la demanda a través de canales diplomáticos por mediación del Foreign Office (Ministerio de Asuntos Exteriores). O, alternativamente, solicitar permiso para hacer la comunicación por otra vía. "Ambas rutas hubiesen exigido exponer los hechos al tribunal, someterse al escrutinio judicial y probablemente ser rechazadas… La comunicación no es válida. Esta manera defectuosa ha causado a Su Majestad [Juan Carlos I] privación, pérdida y daño como consecuencia de tener que defender un caso que no debía ser presentado a una corte inglesa", señala la defensa del actual emérito.  

La defensa de Corinna

Los abogados de la demandante sostienen que la defensa pone "objeciones técnicas carentes de mérito a la comunicación de la demanda en un claro intento de frenar el progreso del procedimiento".  

Según señala, tras la primera comunicación, "por WhatsApp" -con acuse de recibo- en diciembre de 2020, Corinna ofreció a Juan Carlos la vía que considerase más adecuada, aun creyendo que la elegida fue correcta. Y se ofreció hacerlo a través del bufete de abogados Clifford Chance o a través de la Convención de La Haya de Derecho Internacional Privado (HCCH). Juan Carlos I rechazó estas invitaciones e incluso la de confirmar su dirección, con el argumento de que residía en la Zarzuela desde 1962 y, también, que se había mudado a Abu Dabi en 2020.  

La defensa de Corinna aspira a superar esta fase de las cuestiones previas para poder garantizar que el juez Nicklin enjuiciará el fondo del asunto: el presunto acoso de Juan Carlos I con el objetivo de recuperar los 100 millones de dólares (64,8 millones de euros) que le donó de manera irrevocable en junio de 2012. 

Una sentencia favorable en este sentido blindará la fortuna de Corinna ante una posible demanda de los herederos de Juan Carlos I contra la examante para que al menos les devuelva una parte del dinero. Según el exmarido de Corinna, Philip Adkins, ella y Juan Carlos I pactaron de palabra dividirse el dinero a partes iguales. "Ella se quedó con toda la pasta", ha declarado

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