Decisión por tomar
La Junta Electoral da 10 días al Parlament para que se pronuncie sobre la retirada del escaño a Borràs
La JEC argumenta detenidamente que se debe quitar el acta de diputada a la expresidenta del Parlament
El órgano ofrece la posibilidad a la presidenta de Junts y a la Cámara de presentar alegaciones en el mismo plazo
Miguel Ángel Rodríguez
Periodista político, especializado en la información parlamentaria del Congreso y el Senado
La Junta Electoral Central (JEC) ha dado un margen de 10 días al Parlament para que informe sobre la situación de la expresidenta de la Cámara Laura Borràs después de que el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya la condenara a cuatro años, seis meses y un día de prisión y 13 años y un día de inhabilitación para el ejercicio de empleos o cargos públicos por un delito continuado de falsedad en documento oficial y otro de prevaricación. La JEC, que argumenta detenidamente que se debe retirar el escaños a Borrás, solicita la información sobre "decisiones, resoluciones, o cualesquiera otras medidas" que el Parlament haya podido adoptar antes de tomar ninguna decisión sobre esta cuestión.
Dos semanas después de que se conociera la sentencia del TSJC sobre el fraccionamiento de contratos por parte de Borràs para favorecer a un amigo cuando dirigía la Institució de les Lletres Catalanes (ILC), este órgano da opción tanto al Parlament como a Borràs de formular las alegaciones que considere oportunas en el mismo plazo de 10 días hábiles, después de los cuales y si la Cámara no ha dado ningún paso, tomará una resolución.
Con esta decisión se sigue alargando la situación que se vive en el Parlament desde el pasado julio cuando la Mesa de la Cámara –con los votos de PSC, ERC y CUP- acordó la suspensión de Borràs en cumplimiento del artículo 25.4 del reglamento, que decreta el cese temporal de los diputados que estén a un paso de sentarse en el banquillo de los acusados por delitos vinculados a la corrupción.
El argumento
En un escrito de tres páginas que ha remitido a la presidenta en funciones del Parlament, Alba Vergés, la JEC aborda las solicitudes presentadas por PP, Cs y Vox para retirarle el escaño a Borràs toda vez que ella no ha renunciado a él tras la sentencia del TSJC. En el documento, el órgano superior de la Administración Electoral realiza una amplia exposición sobre la "incompatibilidad" de Borràs para ser diputada tras la condena.
En concreto, señala que la sentencia del TSJC recoge que la expresidenta de la Cámara ha sido condenada "como autora plenamente responsable del delito de prevaricación administrativa" y recuerda que la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), en su artículo 6.2 b), establece que "son inelegibles los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos contra la Administración Pública", entre los que está el delito de prevaricación.
Además, recalcan que "las causas de inelegibilidad lo son también de incompatibilidad". Esto significa que no solamente no puede optar a presentarte a unos comicios, sino que conlleva la pérdida del escaño. En este sentido, argumentan que el Tribunal Supremo, en dos sentencias distintas que analizaban la retirada del escaño al expresident de la Generalitat Quim Torra, confirma la resolución de la JEC sobre la "inelegibilidad sobrevenida y consiguiente incompatibilidad del interesado con pérdida del escaño".
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