Por la política del Ejecutivo en Catalunya
El Supremo rechaza una querella contra Sánchez y Junqueras por la mesa de diálogo
Alega que no hay asomo del delito que atribuye a los líderes políticos más allá de la crítica a sus políticas respecto Catalunya
Ángeles Vázquez
Periodista
Periodista especializada en tribunales. Vivo entre la Audiencia Nacional, el Supremo y el Constitucional. Descubrí '100 cosas que hacer en Madrid al menos una vez en la vida' y lo conté en un libro.
Presentar querellas no debe resultar muy caro, porque si no, resulta difícil entender por qué lo hace Vox, teniendo en cuenta que todas corren la misma suerte: el rechazo. En esta ocasión, el partido de ultra derecha atribuía nada menos que un delito de conspiración para la rebelión, pero también prevaricación administrativa y malversación de caudales públicos, al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, sus ministros y los 'consellers' que participaron en la Mesa de diálogo sobre Catalunya, así como el presidente de ERC, Oriol Junqueras, y portavoces parlamentarios del PSOE y de Unidas Podemos.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo rechaza admitirla a trámite porque en la iniciativa de Vox “no existe base alguna, mínimamente sólida, más allá de los repetidos procesos de intención que se prodigan en el relato de la querella, que permita considerar, siquiera en los referidos términos indiciarios o prima facie que resultan propios de este momento procesal, que los querellados conspiren para cometer un delito de rebelión (que consistiría en un alzamiento violento y público para lograr la independencia de Catalunya), o se encuentren en cualquier fase orientada a la preparación del mismo”.
Crítica a una política
Más bien, añade el auto de inadmisión, “la querella constituye, en su conjunto, una impugnación o crítica completa a la línea política seguida por el Gobierno de España, con relación al 'procés'", que la propia Sala Segunda condenó en su sentencia del 14 de octubre de 2019. Para justificar el delito que consideran cometido citan los indultos, las formas de acatamiento de la Constitución elegidas por los diputados, la constitución de la mesa de diálogo y la reforma penal que ha derogado la sedición y modificado la malversación.
El auto, del presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena, y de los magistrados Andrés Palomo, Ana Ferrer, Javier Hernández y Leopoldo Puente, como ponente, explica que Vox extiende su critica al entendimiento que el Gobierno defiende en el marco de la organización territorial del Estado, y lo considera una "crítica, plenamente legítima en el plano político", así como también sería "legítima la posición contraria".
El tribunal añade que "será en el ámbito político y, en último y soberano término en el propio de la contienda electoral, donde deberá ventilarse” la posición más conveniente, pero no en un proceso penal como el que quiere iniciar Vox al no existir ni un indicio mínimo de delito en los hechos que describe cometidos por el Gobierno.
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