Tras la reforma del Código Penal

Llarena volverá a pedir la entrega de Puig cuando el nuevo procesamiento de Puigdemont sea firme

Una vez resueltos los recursos de fiscalía y Abogacía del Estado contra la primera decisión del juez, la defensa aún puede acudir a la Sala de lo Penal

Llarena y Puigdemont

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Ángeles Vázquez

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Con el aval europeo que supuso la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre euroórdenes bajo el brazo, el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena tiene previsto volver a instar la entrega del 'exconseller' de Cultura Lluís Puig a Bélgica. Pero no lo hará hasta que adquieran firmeza y, por tanto, ya sean inamovibles, los delitos que le atribuye a él y al resto de los 'exconsellers' que se marcharon al extranjero con el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont a la cabeza, tras la reforma operada en el Código Penal.

Fuentes del alto tribunal han señalado a EL PERIÓDICO DE CATALUNYA que el instructor del 'procés' aún tiene que resolver los recursos que presentaron la fiscalía y la Abogacía del Estado contra la reformulación del procesamiento de los huidos de la justicia española. Ambas acusaciones públicas y la popular, que ejerce la extrema derecha de Vox y que se adhirió a la impugnación del ministerio público, reclaman, en contra del criterio del magistrado, que la sedición no se transforme en una mera desobediencia, sino que también se procese a Puigdemont por desórdenes públicos agravados, además del delito de malversación en su modalidad más grave respecto del que no hay discusión.

Espaldarazo

Llarena tiene que resolver ambos recursos, pero con el respaldo recibido de sus compañeros de la Sala Segunda que juzgaron el 'procés' se augura altamente improbable que modifique su resolución del pasado 12 de enero. Es decir, que se ratificará en su criterio, consistente en descartar la tipificación de los desórdenes públicos agravados en la conducta de Puigdemont, Puig, Toni Comín y Clara Ponsatí, así como de la secretaria general de ERC, Marta Rovira.

El magistrado considera, igual que los jueces presididos por Manuel Marchena, que, tras la derogación de la sedición, la conducta de los líderes del 'procés' queda prácticamente despenalizada y solo puede tipificarse como un delito de desobediencia, penado con penas de hasta dos años de inhabilitación y multa. Puigdemont y ciertos miembros de su Govern, como Comín, también están procesados por malversación, como decidió el tribunal que juzgó el 1-O al revisar su sentencia respecto del presidente de Esquerra, Oriol Junqueras, y los 'exconsellers Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa, a los que que no se rebajó la pena impuesta por este delito porque un fin ilegal como el referéndum del 1-O no puede enmarcarse en la nueva fórmula que castiga el destinar un dinero público a otro fin también público.

Otros tres jueces

Las fuentes consultadas señalaron que el juez Llarena resolverá los recursos pendientes en un par de semanas, pero su decisión todavía puede ser impugnada de nuevo, esta vez en apelación. Y es muy probable que por lo menos vuelva a probar suerte la defensa. En ese caso los encargados de pronunciarse serán los magistrados de la Sala de lo Penal Miguel Colmenero, Vicente Magro y Eduardo de Porres. Ninguno de los tres ha participado ni en la instrucción ni en el enjuiciamiento del 'procés' y su dictamen sobre cómo debe aplicarse la reforma penal que entró en vigor en enero a los prófugos de la justicia española será la definitiva.

Será entonces cuando se sepa ya de forma firme por qué delitos se puede volver a reclamar a los huidos de la justicia española y, como Lluís Puig es el único que no es europarlamentario y la sentencia del TJUE obedeció a las cuestiones prejudiciales planteadas por Llarena tras la negativa belga a entregarle, será el primero contra el que actúe el magistrado, que volverá a cursar una euroorden en su contra para tratar de lograr su puesta a disposición de la justicia española.

Las iniciativas contra Puigdemont y Comín seguirán a la espera de que se pronuncie al Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) sobre las demandas interpuestas por ambos contra el Parlamento Europeo, por considerar que no les defendió suficientemente ante el suplicatorio cursado desde España por el procedimiento existente contra ambos por su responsabilidad en el 1-O. Esta sentencia, que tendrá relación directa sobre el alcance de la inmunidad con la que cuentan los europarlamentarios, se espera que se conozca el próximo mes de marzo.

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