CONSTITUCIONAL

El TC pregunta a Fiscalía si Torrent ha incurrido en desobediencia

El presidente del Parlament, Roger Torrent.

El presidente del Parlament, Roger Torrent. / periodico

Ángeles Vázquez

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El pleno del Tribunal Constitucional ha acordado por unanimidad dar traslado a la Fiscalía de la actuación del presidente del Parlament, Roger Torrent, y del vicepresidente primero y secretario primero de la Mesa de la Cámara, respectivamente, Josep Costa y Eusebi Campdepadros, para que determine si le desobedecieron al permitir, tras la sentencia del 'procés', la tramitación de dos propuestas de resolución que reiteraban el derecho a la autodeterminación de Catalunya y reprobaban al rey Felipe VI.

Ambas iniciativas ya habían sido anuladas por el tribunal y la decisión se les había comunicado personalmente con advertencia de la responsabilidad penal en la que pudieran incurrir en caso de no impedir el incumplimiento de sus resoluciones. En diciembre se envió una advertencia directa al Parlament en el que le reprochaba haber inciado "una inaceptable vía de hecho".

La decisión de los 12 magistrados que componen el pleno obedece a dos de los incidentes de ejecución de sentencia presentados por el Gobierno de Pedro Sánchez a través de la Abogacía del Estado. El alto tribunal ya dedujo testimonio contra la expresidenta del Parlament Carme Forcadell. La fiscalía entendió que había desobedecido al tribunal de garantías y presentó las correspondientes querellas ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, actuaciones que se acabaron incorporando al procedimiento contra los líderes del 'procés' que se siguió en el Tribunal Supremo.

Ya suspendidas

El TC ha actuado por los acuerdos de la Mesa del 22 y el 29 de octubre pasados que admitieron a trámite, para su debate y aprobación en el pleno del Parlament, las propuestas de resolución en la que se reiteraba y anunciaba hacerlo tantas veces como desearan sus diputados la reprobación de la monarquía y la "defensa del derecho a la autodeterminación y la reivindicación de la soberanía del pueblo de Catalunya para decidir su futuro político”.

Para el tribunal al permitir esa tramitación tanto el presidente del Parlament, como el vicepresidente primero y el secretario primero, incumplieron al permitir el artículo 87.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional que establece que todos los poderes públicos están obligados al cumplimiento de lo que el Tribunal resuelva.

En una tercera resolución el pleno dechaza, por pérdida de objeto, una tercera impugnación del Gobierno de Sánchez en este caso relativa a la propia sentencia del 'procés'.