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Marchena niega tener "interés directo o indirecto" para no apartarse del juicio de 'procés'

Manuel Marchena, en una entrega de premios el pasado 15 de noviembre.

Manuel Marchena, en una entrega de premios el pasado 15 de noviembre. / JAVIER LÓPEZ

Ángeles Vázquez

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El presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Manuel Marchena, niega tener "interés directo o indirecto" en la causa en la que se juzgará a los líderes del 'procés' acusados de rebelión, malversación o desobediencia, por lo que no ve motivo alguno para apartarse del tribunal que les juzgará. Está previsto que sea él quien lo presida y quien asuma la ponencia de la sentencia que se dictará por el proceso independentista catalán.

En su escrito de alegaciones Marchena alega que "la imparcialidad de un magistrado ha de vincularse a sus propios actos o resoluciones", pero "no puede hacerse depender de la opinión de terceros que expresan su personal criterio acerca de las consecuencias políticas de un determinado pacto entre dos fuerzas parlamentarias".

Es su respuesta a las recusaciones presentadas en su contra por Oriol JunquerasRaül Romeva, Jordi Sànchez, Jordi Turull, Josep Rull, Jordi Cuixart, Carmen Forcadell y Anna Simó, tras saberse que renunció a ser nombrado presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), al conocerse un whatsapp del portavoz popular en el Senado, Ignacio Cosidó, en el que decía que con él el PP controlaría la Sala Segunda por detrás.

La fiscalía ha pedido en sendos escritos que se rechace de plano, sin necesidad de ser tramitada por la Sala del 61 tanto la recusación de Marchena como la del resto del tribunal, instada por Cuixart. La decisión sobre si es necesario o no este trámite la adoptará el magistrado Vicente Magro, al que se ha designado instructor. El propio Marchena destaca que esta es la séptima vez que las defensas cuestionan la imparcialidad de los magistrados llamados a formar el tribunal o del instructor de la causa, Pablo Llarena.

Disfunciones

Gran parte de su escrito se refiere al propio sistema español de elección de los vocales que formarán el órgano de gobierno de los jueces. Su conclusión es que "no es el mecanismo de designación el que conduce al escepticismo colectivo, sino las disfrunciones que pueden surgir durante el proceso de elección y nombramiento".

Señala que recusarle por el hecho de que en España las Cámaras elijan a los miembros del Consejo General del Poder Judicial sería tanto como descalificar las justicias de otros países, como Bélgica, Portugal, Francia o Italia, donde los políticos participan en la designación de miembros del Poder Judicial; el caso más destacado es el belga donde el Senado elige a todos los vocales.

"Prescindiendo de aquellos sistemas en los que no existe consejo y es el propio ministro de Justicia quien designa y valora las infracciones disciplinarias de los jueces, los países de nuestro entorno conocen una participación, más o menos directa, del poder político en el nombramiento de los integrantes del órgano de gobierno del poder judicial", asegura.

De ahí que sostenga que "el sistema constitucional español es tan mejorable como cualquier otro de los modelos comparados", pero no tiene sentido descalificar al Supremo, porque el Congreso y el Senado elijan directamente a los ocho vocales del turno de juristas de reconocido prestigio. A los otros 12, de extracción judicial, los designan las Cámaras a partir de una lista propuesta por los jueces.