TRIBUNAL SUPREMO
La fiscalía rechaza la recusación de Marchena para presidir el tribunal del 'procés'
El ministerio público considera que los argumentos esgrimidos son meras especulaciones y no tienen consistencia
J. G. Albalat
Redactor
Ha trabajado en el Diario de Barcelona, El País y AVUI. Desde hace años en El Periódico cubriendo los acontecimientos judiciales. Premios Ortega y Gasset, Save the Children, Ramon Barnils y Josep Maria Planes por la investigación del 'caso Maristas' sobre abusos sexuales en los colegios. En el 2016, mención honorífica de la Generalitat en el Día de la Justicia. Colaborador de publicaciones jurídicas. Profesor asociado Master de Criminología de la Universitat de Barcelona.
J. G. Albalat
La fiscalía ha solicitado que se rechace la recusación del magistrado Manuel Marchena para presidir el tribunal encargado de juzgar a los dirigentes independentistas por el presunto delito de rebelión, tal y como solicitaron algunos de los procesados. La petición se basaba en la supuesta vinculación de este juez con el PP al haber sido propuesto por este partido para presidir el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y, sobre todo, por los mensajes enviados por el portavoz popular en el Senado, Ignacio Cosidó, en un chat de WhatsApp de senadores en el que se jactaba de que a partir de ese buen acuerdo podían influir en los magistrados del Tribunal Supremo (TS) que dictarán la sentencia contra los exmiembros del cesado Govern de Carles Puigdemont. Marchena declinó, al final, presidir el CGPJ, tras conocer esos mensajes. "No existe sombra de duda", sostiene el ministerio público.
El escrito de la fiscalía, firmado por Fidel Cadena y Consuelo Madrigal, sostiene que "no se trata de primar los deseos o preferencias del justiciable respecto a la composición personal del órgano de enjuiciamiento, ni tampoco de atender sus dudas basadas en meras apreciaciones o impresiones personales, sino que para que pueda afirmarse que un tribunal puede no ser imparcial es preciso que las dudas sobre la imparcialidad estén objetivamente justificadas". Agrega que aunque "las apariencias son importantes, pues pueden afectar a la confianza que los tribunales de una sociedad democrática deben inspirar a los ciudadanos", esas sospechas no se pueden argumentar solo por "meras impresiones".
La acusación pública sostiene que las sospechas en el caso de Marchena se han producido mucho después de que este magistrado fuera designado como uno de los siete miembros del tribunal que juzgará a los dirigentes independentistas (además, es ponente de la sentencia). También, añade, están fuera "de toda acreditación real" que las evidencien como ciertas, y constituyen "puras y gratuitas especulaciones" de un tercero (Cosidó) que "realiza un juicio de inferencia sobre el eventual comportamiento personal de quienes sus propios actos ha dejado patente no solo su propia y personal independencia intelectual, sino su defensa de la independencia judicial en general".
Confianza en los tribunales
Al entender de la fiscalía, "la denuncia de parcialidad" de Marchena es "inasumible" en tanto "no viene referida a ninguna acción, expresión o pronunciamiento del mismo en el ámbito público de sus funciones, ni en privado de su vida personal, que le aleje de la absoluta imparcialidad y ajenidad respecto al objeto del proceso y las personas que en el mismo están afectadas o de algún modo interviene". Y no solo eso, destaca el ministerio público, sino que el procedimiento usado para expresar la vinculación del juez con "determinada ideología" es "constitucionalmente ilegítimo".
"En resumen, no es posible racionalmente atribuir al magistrado Marchena, de forma especulativa -y sin un mínimo de seriedad- concretas ideas políticas o afinidades ideológicas que él mismo nunca ha expresado con dichos o hechos, y muchos menos en su quehacer judicial", insisten los fiscales. En su informe agregan que, además, el partido político con el que se vincula a este juez, el PP, no es parte en la causa "por lo que mal ha podido o puede pedir pena".
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