Artículo de Jordi Nieva-Fenoll

'Caso Negreira': la sombra de la duda

El proceso va a ser largo. La propia ley de Enjuiciamiento Criminal, muy anticuada, favorece que la instrucción pueda eternizarse a nada que las defensas dilaten las actuaciones con sus recursos

Enríquez Negreira

Enríquez Negreira

Jordi Nieva-Fenoll

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No es ya sorprendente que la corrupción afecte al fútbol. En este caso ni siquiera ha habido proclamas nacionalistas que apunten a que se estaría persiguiendo por razones políticas al Futbol Club Barcelona, como aquellas que se oían en el siglo XX cuando se dudaba de algunos arbitrajes. En este caso, al menos por el momento, no ha habido nada relevante en ese sentido.

Tal vez sea porque, a priori, los hechos amargan comprensiblemente la ilusión de los aficionados. En este caso, según explica la Fiscalía con precisión, de lo que se trata es de averiguar si alguna dirigencia del Barça pagó a empresas vinculadas a José María Enríquez Negreira abultadas cantidades de dinero –más de siete millones de euros– mientras este era nada menos que vicepresidente del Comité Técnico de Árbitros, cargo que ostentó desde 1993 a 2018. Las cantidades se habrían pagado desde 2001 hasta 2018. Dicho Comité es el encargado de clasificar a los árbitros y designar a los equipos arbitrales.

Pese a lo espectacular del relato, la información que aporta la Fiscalía es lógicamente embrionaria y precisa ser investigada con detenimiento, localizando en una primera fase –la llamada instrucción– los vestigios de los graves hechos señalados. Si la Fiscalía considera dichos vestigios suficientes para no poder descartar una condena, presentará una acusación contra los posibles implicados, a fin de que sean juzgados en la segunda fase del proceso: el llamado “juicio oral”. De dicho juicio solo puede surgir una sentencia condenatoria si el tribunal alcanza una fortísima convicción de culpabilidad, puesto que de lo contrario deberá absolver, respetando el derecho a la presunción de inocencia.

El proceso va a ser largo por varias razones. En primer lugar, la propia ley de Enjuiciamiento Criminal, muy anticuada en este sentido, favorece que la instrucción pueda eternizarse a nada que los abogados de las defensas vayan dilatando las actuaciones con sus recursos. Y ello no es ilegítimo porque la ley lo permite, insisto. Además, este caso no es el único pendiente ante el juzgado de instrucción encargado del mismo, lo que también contribuirá a los retrasos. En todo caso, será un largo período en el que, nuevamente, la ciudadanía se entretendrá con el desfile de famosos que comparezcan a declarar ante el juzgado, y hasta algunos coquetearán con la idea de que este caso haga desaparecer al Futbol Club Barcelona. Tiempo habrá de comentar todo ello, así como las concretas figuras delictivas que se imputan –corrupción entre particulares en el ámbito deportivo, administración desleal y falsedad en documento mercantil–, que llevan aparejadas penas de prisión.

Sin embargo, sería también un buen momento para empezar a hacer, por fin, las cosas de forma diferente en el proceso penal, saliendo ya de una vez del siglo XIX y entrando en el XXI, o al menos en el XX. Aunque se haga siempre, carece de todo sentido que la instrucción, cuyo único objetivo es recopilar los indicios que puedan perderse, se convierta de facto en una falsa primera instancia, practicando todos los interrogatorios de partes y testigos que no sirven para adquirir nuevos indicios, sino para que nadie entienda nada cuando ve a los mismos protagonistas declarar por segunda vez en el juicio oral. No ocurrirá en este caso que se cambien los modos de hacer, pero tanto abogados, como fiscales y jueces deberían irse planteando que esta forma de proceder carece ya de sentido. Lo tuvo en el antiguo sistema inquisitivo –el vigente hasta el siglo XIX–, pero ya no.

Lo segundo importante es que, salvo que sucedan otros accidentes económicos, en este caso no se producirá la disolución del Futbol Club Barcelona. No obstante, por los delitos de momento imputados, sí es posible que le sea impuesta una enorme multa cuyo cálculo, debe advertirse ya, será complicadísimo.

Pero no hay que adelantar acontecimientos. Los hechos delictivos deben probarse más allá de toda duda razonable. Y de momento no tenemos más que una historia fea, pero, prejuicios aparte, aún estamos muy lejos de algo que pueda sustentar razonablemente una condena. Lo sabremos dentro de varios años. Quizá muchos años. Quién sabe cuál será entonces la popularidad del fútbol...

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