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Música en vivo: agravios y límites

La posibilidad de exigir el 'pasaporte covid' en conciertos ayudaría a normalizar el sector pero es poco probable que reciba la bendición de los tribunales

Estopa, en el concierto que ofrecieron el jueves pasado en Santiago

Estopa, en el concierto que ofrecieron el jueves pasado en Santiago / Tito Heredia

Los promotores y organizadores de conciertos se suman a los representantes de otros muchos sectores que se sienten agraviados por el impacto en sus actividades de las medidas aún vigentes contra el covid. Los afectados lamentan en particular que si bien durante lo más duro de la pandemia, cuando en prácticamente toda Europa las salas de conciertos estaban sometidas a un cerrojazo estricto, España fue un oasis para la música en vivo en formato reducido, ahora mantiene unas restricciones mucho más estrictas que la mayoría de países europeos. En casi todos ellos los engranajes de las grandes giras y festivales ya han empezado a girar, mientras aquí este sector ve cómo se está quedando atrás de la vuelta a la actividad de este negocio global. 

Los promotores ponen sobre la mesa el agravio comparativo. En los mismos recintos al aire libre en que en Catalunya se acepta una ocupación del 40% del aforo para un partido de fútbol (en el resto de España, del 60%), es decir, 40.000 personas en el estadio del Barça o 22.000 en el Estadi Lluís Companys, de celebrarse un concierto no se podría superar la presencia de 3.000 personas. Pero, por supuesto, la patronal del ocio nocturno podría alegar a su vez ser víctima de un trato dispar, con la prohibición de apertura de sus locales aún en pie. Y los clubs deportivos alegan a su vez la diferencia de trato con los actos de contenido social o político no sometidos a ninguna limitación. Cada actividad, incluso en un mismo espacio, conlleva distintos grados de movilidad, de contacto físico, de contención o desinhibición de sus participantes, y es lógico que las medidas de precaución ante el contagio se ajusten a cada una de estas circunstancias. A ser posible con datos epidemiológicos que las sustenten. 

Es la correlación inmediata entre los repuntes de los contagios en la población más joven y las dos breves reaperturas del ocio nocturno la que ha sustentado, incluso ante los tribunales reticentes a las medidas sanitarias sin una justificación meridianamente clara, el cierre de este sector, que aún espera la (parece que afortunadamente próxima) mejora de los datos epidemiológicos. Y son los datos de los festivales musicales celebrados a modo de experimento este verano (que mostraron no ser eventos supercontagiadores pero registraron un incremento del 72% del número de positivos entre sus asistentes respecto al grupo de control que no acudió a ellos) los que explican aún las precauciones vigentes. Igual que la ausencia de brotes en la música en vivo en salas con aforo controlado justifica que pueda considerarse segura.  

Habría, con todo, un panorama más halagüeño si se pudiese reclamar a los asistentes el certificado que muestra que han superado la enfermedad o se han vacunado. La exigencia generalizada del 'pasaporte covid' para el ejercicio de actividades que forman parte del derechos básicos (al trabajo, a la libre movilidad) o cuando hacerlo colisionara con la protección de datos es difícil de justificar (por no hablar del rechazo que ha levantado en los países donde se ha aplicado). Pero debería ser aplicable en actividades de participación puramente voluntaria que de ese modo podrían beneficiarse de una casi normalidad. Sin embargo, los precedentes de las negativas del Tribunal Supremo y diversos tribunales superiores a la exigencia del pasaporte covid en el ocio nocturno y la hostelería hacen que cualquier petición en este sentido se mueva en el ámbito hipotético, sean cuales sean las razones sanitarias que se puedan presentar ante unos tribunales que hasta ahora han mostrado escasa receptividad ante ellas.