Opinión | Editorial
El Periódico
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Otra sentencia penal del 'procés'
Un asunto eminentemente político como es si la Mesa debe tramitar leyes que vulneran la Constitución no debería haberse abordado derecho penal en mano
La justicia sigue su implacable marcha en el tratamiento penal del referéndum del 1 de octubre. Esta vez, el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha condenado a los exmiembros de la Mesa del Parlament en el 2017 por desobediencia, lo que acarrea una pena de 20 meses de inhabilitación y una multa de 30.000 euros. Como era de esperar, el fallo encaja en el relato de lo sucedido en el otoño del 2017 que construyó el Tribunal Supremo (TS) en la sentencia a los líderes del ‘procés’. Ante el argumento de los acusados de que estaban amparados por la inviolabilidad parlamentaria, el TSJC arguye que dicha inviolabilidad no les permitía vulnerar las resoluciones del Tribunal Constitucional (TC). De ahí, pues, la condena por desobediencia.
La sentencia es otro jalón más en el malhadado camino penal del 1-O. Un asunto eminentemente político como es si la Mesa debe tramitar leyes que vulneran la Constitución no debería haberse abordado derecho penal en mano. Que la política, en Barcelona y Madrid, no haya encontrado otra forma de afrontar el ‘procés’ que vulnerar el marco legal y recurrir a la vía penal es un fracaso colectivo del que este fallo del TSJC es un ejemplo más.
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